Facebook, Instagram y Twitter suspendieron las cuentas de Trump por considerar que sus mensajes incitaron la toma violenta del Capitolio.
El presidente López Obrador ha reprobado las acciones en contra de Trump; y se opone a que el INE suspenda sus conferencias mañaneras.
Trump y López Obrador sostienen que la libertad de expresión no debe reprimirse en ninguna circunstancia.
Esto ha provocado un debate acerca de la libertad de expresión; y por extensión sobre los derechos humanos en general.
Unos interpretan la Constitución en el sentido de que algunos derechos humanos deben de prevalecer siempre en toda su extensión. Para otros, todos los derechos humanos tienen límites y gradaciones que no deberían franquearse.
La primera impresión que produce la lectura del artículo 1º constitucional, aparentemente da la razón a quienes defienden la aplicación irrestricta. En efecto, en lo conducente, ese precepto dice:
“Que en México todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
Que se interpretarán favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Que todas las autoridades tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad”.
Sin embargo, es evidente que una cosa son los derechos humanos como potenciales y otra en su aplicación práctica; porque llevados los derechos humanos al extremo conduciría a la anarquía, donde todos pretextando su derecho a la libertad ignorarían, impunemente, el orden jurídico que hace posible la vida en sociedad.
La realidad exige que los derechos humanos se ejerzan y respeten atendiendo a las circunstancias concretas de las personas que los invoquen.
Así, pues, el ejercicio de los derechos humanos está condicionado a que se ejerzan en el marco legal vigente.