Política

¿Más partidos políticos nacionales?

  • Voz Ciudadana
  • ¿Más partidos políticos nacionales?
  • Alfredo Alcalá Montaño

En Hidalgo, el año pasado se aprobó la conformación de dos nuevos partidos políticos, cuyo proceso inició al año siguiente de la elección de la gubernatura. Este año también iniciará el procedimiento se abrirá a nivel nacional, toda vez que el año pasado hubo elecciones para renovar la Presidencia de la República.

El primer paso inicia este enero del 2025, ya que, de acuerdo a la Ley General de Partidos Políticos, toda aquella organización que pretenda constituirse como partido político nacional, deberá informar de tal propósito al INE.

Los principales requisitos son muy similares a los que se realiza para la constitución de partidos locales, se tendrán que celebrar al menos veinte asambleas en al menos 20 entidades de la República, donde por lo menos participen 3 mil personas afiliadas; también pueden realizar al menos 200 asambleas en 200 distritos electorales, con al menos 300 personas afiliadas.

Conformación de partidos

Toda organización que pretenda constituirse como Partido Político Nacional (PPN) deberá notificar, por escrito, tal propósito al INE (ya que el procedimiento es nacional), dentro del período comprendido del 8 al 31 de enero de 2025.

El escrito de notificación deberá dirigirse al Consejo General del INE (en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP).

Una vez que la DEPPP haya notificado a la organización que su notificación de intención resultó procedente, por lo menos 10 días hábiles antes de dar inicio al proceso de realización de la primera asamblea estatal (20 requeridas, mínimo, con 3 mil personas asistentes en cada una) o distrital (200 requeridas, mínimo, con 300 personas asistentes en cada una), según sea el caso, y a más tardar el 15 de enero de 2026, la organización, a través de su representación legal acreditada, comunicará por escrito a la DEPPP, de manera total o parcial, la agenda de celebración de las asambleas.

Habrá 2 tipos de listas de personas afiliadas: a) Las listas de asistencia correspondientes a las asambleas estatales o distritales realizadas; y, b) Las listas de las personas afiliadas con que cuenta la organización en el resto del país. Estas listas a su vez procederán de dos fuentes distintas: b.1) Aplicación Móvil; y, b.2) Régimen de excepción.

El número total de las personas afiliadas con que deberá contar una organización para ser registrada como Partido Político Nacional, en ningún caso podrá ser inferior al porcentaje del Padrón Electoral Federal, el cual corresponde a 256 mil 30 (doscientos cincuenta y seis mil treinta) personas afiliadas. La organización de la ciudadanía deberá informar por escrito a la DEPPP, la celebración de la asamblea nacional constitutiva, la cual deberá celebrarse a más tardar el 25 de febrero de 2026.

La organización deberá presentar por escrito ante la DEPPP la solicitud de registro como Partido Político Nacional dentro del período comprendido del 2 al 27 de febrero de 2026.

Una vez concluido el plazo para la presentación de las solicitudes de registro como Partido Político Nacional, la Secretaría Ejecutiva, en el mes de marzo de 2026, rendirá un informe al Consejo General respecto del número total de organizaciones que solicitaron su registro. El día de la sesión del Consejo General en la que se conozca el informe referido, comenzará a computarse el plazo de 60 días para emitir la Resolución correspondiente.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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