
A lo largo de los últimos 75 años, la comunidad internacional ha desarrollado un complejo andamiaje de normas y órganos internacionales de derechos humanos. Esto es lo que desde la disciplina de las Relaciones Internacionales se denomina el “régimen internacional de derechos humanos”. Los órganos que lo conforman —adscritos a organizaciones internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA), el Consejo de Europa (CE) y la Unión Africana (UA)— son numerosos y diversos. En México conocemos muy bien a la Comisión y la Corte interamericanas de derechos humanos, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (el llamado Comité Cedaw), el Comité de Derechos del Niño, y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y su Relator Especial sobre la tortura, por mencionar solamente algunos ejemplos.
Los órganos del régimen internacional de derechos humanos tienen la función de promover los derechos humanos consagrados en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH), monitorear el comportamiento de los Estados en la materia y, en algunas ocasiones, proteger los derechos de las personas mediante procedimientos jurisdiccionales o cuasi-jurisdiccionales. Juezas y jueces, expertas y expertos independientes y relatorías especiales, entre otras figuras, son parte de esta institucionalidad internacional en materia de derechos humanos que se dedica a precisar el contenido del DIDH y observar y evaluar el comportamiento de los Estados, lo que se manifiesta en la elaboración de “recomendaciones” directamente dirigidas a los Estados o en medidas de reparación de distinto tipo, contenidas en sentencias o resoluciones sobre casos concretos de violación a los derechos humanos.
Este tipo de instancias internacionales han estado monitoreando la situación de derechos humanos en México y emitiendo informes altamente críticos y sus respectivas recomendaciones de manera ininterrumpida desde hace cerca de 30 años. Entre 1994 y 2000, los órganos del régimen internacional de derechos humanos emitieron 212 recomendaciones al Estado mexicano; 510 entre 2001 y 2006; 921 entre 2007 y 2012, y mil 81 en el periodo 2013 a 2018 (con datos de www.recomendacionesdh.mx). Estas recomendaciones han abordado una amplia gama de violaciones a los derechos humanos, se han centrado en la situación de distintos grupos sociales en situación particular de vulnerabilidad y han planteado distintos tipos de acciones que el Estado mexicano debe implementar para solucionar sus muy diversos, recurrentes, graves e incluso sistemáticos problemas de violaciones a los derechos humanos.
Durante el sexenio de Ernesto Zedillo empezó la presión por parte de los órganos internacionales de derechos humanos, que pusieron particular atención a la represión en Chiapas y en general las violaciones a los derechos de los pueblos indígenas. El gobierno de Vicente Fox experimentó una presión internacional sin precedentes, particularmente alrededor de la situación de feminicidios en Ciudad Juárez. La crítica de órganos como el Comité Cedaw y la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, de la ONU, entre otros, fue implacable. El sexenio de Calderón se caracterizó por una férrea crítica al sistema de jurisdicción militar y las violaciones a los derechos humanos perpetradas por las fuerzas armadas y la Policía Federal en el marco de la llamada “guerra contra el narco”. Al gobierno de Peña Nieto lo marcó la desaparición de los estudiantes de Ayotzinapa y, en general, la brutal crisis de desaparición de personas, la cual fue el tema de muy importantes y altamente críticos informes de órganos como el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU y el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
En lo que va del sexenio actual, no ha cesado la presión de los órganos del régimen internacional de derechos humanos, particularmente alrededor del tema de la crisis de desapariciones y la militarización de la seguridad pública y otras áreas de la esfera gubernamental. Otros problemas de violaciones a los derechos humanos —como la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, el arraigo, la violencia contra la mujer, las agresiones a migrantes y la violación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes— han figurado de manera persistente en la agenda de los órganos internacionales de derechos humanos durante los últimos 30 años.
Desde finales de la década de los 80 y principios de la de los 90 se ha dado una intensa y persistente dinámica de presión “desde afuera” y “desde adentro” sobre los distintos gobiernos federales (y en ocasiones estatales) que hemos tenido. Los órganos del régimen internacional de derechos humanos han sido actores fundamentales, monitoreando y evaluando sin parar la situación en el país, generando una dinámica de crítica y “avergonzamiento” sólida, fundada en evidencia y los testimonios de las víctimas.
Ningún gobierno se ha escapado. La presión transnacional sobre el Estado mexicano no ha cesado y ha tenido una clara influencia sobre los distintos gobiernos a lo largo del tiempo; ha sido el motor de la ola de reformas al marco legal e institucional del país que hemos observado en los últimos 20 años. Evidentemente, esta dinámica de presión no podría ser posible sin la contribución de los órganos del régimen internacional de derechos humanos, en este y los sexenios anteriores. El que sostenga lo contrario o ha estado muy distraído durante todos estos años o simplemente le conviene mentir.
Alejandro Anaya Muñoz** Vicerrector Académico de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México