Política

El derecho humano a la reinserción social con perspectiva de género

Hace unos días la PRODHEG, comenzó el programa de supervisión a los Centros Estatales de Prevención y Reinserción Social del Estado de Guanajuato, a fin de verificar las condiciones de los establecimientos en los que permanecen las personas privadas de la libertad.

El artículo 18 de la Constitución General establece los ejes de la reinserción social de las personas que han sido sentenciadas. De acuerdo a nuestra norma fundamental el sistema penitenciario se organizará bajo una base de respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir.

De igual forma las Reglas Mínimas de la Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, conocidas como Reglas Mandela, precisan que los objetivos de las medidas privativas de libertad es proteger a la sociedad del delito y reducir la reincidencia, para que estos objetivos puedan alcanzarse las autoridades competentes deben ofrecer educación, formación profesional, trabajo y deporte, entre otras, a fin de lograr la reinserción de las personas.

En este sentido, es que resulta importante llevar a cabo estas visitas, pues nos permite observar directamente las condiciones de vida en los centros, así como las acciones y programas con los que se cuenta para lograr la reinserción. Asimismo, nos ayuda a identificar cuáles son las necesidades que tienen las personas privadas de la libertad desde un punto de vista distinto de las autoridades penitenciarias.

No debemos olvidar que el objetivo es que las personas que están cumpliendo su sentencia obtengan herramientas suficientes que les permitan tener alternativas para desarrollarse en el exterior una vez que obtengan su libertad.

En el estado de Guanajuato se cuenta con 10 centros de los cuales solamente tres albergan mujeres, estos son: León; Guanajuato y Valle de Santiago. De estos tres, únicamente el Centro de Valle de Santiago tiene instalaciones independientes y completamente destinadas a la población femenil.

No debe olvidarse que los programas que han de desarrollar los centros que tienen mujeres privadas de la libertad deben ser con perspectiva de género. Es decir, las capacitaciones deben ir orientadas a las necesidades específicas para la población femenil, para brindarles la posibilidad de reinsertarse en la sociedad de una manera más eficiente.

De igual forma, es importante hacer hincapié en las necesidades médicas específicas de las mujeres en los centros; de acuerdo con las Reglas de Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok), las mujeres en los centros requieren atención médica específica que atienda su salud sexual y reproductiva, así como su salud mental y por supuesto tratamiento para el posible abuso de sustancias y asesoría psicológica a quienes han sido víctimas de abuso físico y sexual.

Es, por tanto, necesario el que las autoridades de los centros logren desarrollar programas de atención específica para las mujeres, ya que no debemos perder de vista que el objetivo principal es el derecho humano a la reinserción social. El desafío radica en generar políticas de atención para las mujeres y que con ello se tengan posibilidades de mejorar la calidad de vida para las mismas.

Un avance significativo en la atención de las mujeres privadas de la libertad es la reciente creación de la Secretaría para las Mujeres del Estado de Guanajuato, que tiene entre sus objetivos la atención de este grupo en situación de vulnerabilidad, lo que sin duda desde la PRODHEG celebramos y con la mejor disposición de coadyuvar desde nuestras funciones.


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Karla Alcaraz Olvera
  • Karla Alcaraz Olvera
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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