Política

Partidos en Hidalgo: resolución TEEH retención de remanentes

  • Voz Ciudadana
  • Partidos en Hidalgo: resolución TEEH retención de remanentes
  • Alfredo Alcalá Montaño

Ayer, 26 de junio, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), confirmó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral, Hidalgo (IEEH), que fue aprobado en mayo pasado, donde se determinó solicitar a los partidos políticos, la devolución de los recursos de pre-Campaña y Campaña, que no fueron utilizados en las elecciones 2021 y 2022, de lo contrario, se realizarían las retenciones a sus ministraciones mensuales, de lo que le corresponde a su financiamiento mensual.

Cabe recordar que el 23 de noviembre de 2023 el Consejo general del IEEH aprobó mediante acuerdo (IEEH/CG/070/2023), la solicitud de los partidos políticos para que realizarán la devolución de los recursos otorgados, pero que no fueron ejercidos para las actividades establecidas.

Sin embargo, este acuerdo fue impugnado, lo que derivó en una sentencia del tribunal electoral, que mandato la realización de un nuevo acuerdo considerando la firmeza de los lineamientos para la realización del cobro, los cuales debía emitir el INE.

Cabe mencionar que el INE confirmo al IEEH que lineamientos debían ser aplicados, lo que derivó en un nuevo acuerdo mismo que fue aprobado el pasado 16 de mayo (IEEH/CG/011/2025).

Dicho acuerdo, fue impugnado por tres partidos (PRI, PT y MC) mediante los Recursos de apelación TEEH-RAP-02-2025, TEEH-RAP-03-2025 y TEEH-RAP-04-2025, TEEH-RAP-05.

Los principales agravios fueron: a) Que la normatividad con la que se fundamento el acuerdo fue incorrecta; el PRI expuso una desproporcional e irracional y lesiva medida determinada, ya que en dicho acuerdo se ordena la retención del 50% de las ministraciones ordinarias de prerrogativas en perjuicio de su partido misma que no atiende su capacidad económica, y por su lado el PT mencionó una omisión de notificación de un acuerdo del IEEH del año 2023.

Ante ello la resolución del TEEH, confirma el acuerdo del IEEH mencionado que:

a) Al momento de que se resuelve el asunto, la Sala Superior del TEPJF ha dictado fallo, en lo que interesa y confirma los preceptos jurídicos para la ejecución de la retención de remanentes es correcta y declarándose infundados los agravios.

b) También se declararon infundados los del PRI ya que una de las finalidades que persigue el control electoral, que se refiere a la función de fiscalización, consiste en determinar los saldos remanentes que habrán de reintegrarse al erario público.

Sobre la falta de notificación, el agravio resultó inoperante, ya que en ese tiempo el PT no contaba con financiamiento público local, lo cual se menciona en el acuerdo.

Por lo que los montos totales a reintegrar han quedado firmes con el acuerdo del INE; así como la firmeza de la normatividad aplicable ya fue confirmada por la Sala Superior.

De esta manera, no sólo se confirma el acuerdo emitido por el IEEH, además, se confirma la importancia de contar con un sistema electoral, sólido, autónomo, en la cual todas las resoluciones dictadas por la autoridad administrativa pueden ser impugnadas y ratificadas o revocadas por los tribunales electorales. Por lo cual, toda reforma electoral, debe garantizar la permanencia de un sistema electoral autónomo y equilibrado.


Google news logo
Síguenos en
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.