Política

Hacia un nuevo modelo democrático municipal

  • Voz Ciudadana
  • Hacia un nuevo modelo democrático municipal
  • Alfredo Alcalá Montaño

El orden de gobierno municipal presenta diversos retos, al ser el gobierno más cercano a la ciudadanía, lo que implica que debe tener una mayor interacción, y vinculación con la población. Por ejemplo, un gobierno municipal debe resolver y atender temas como el abasto del agua, recolección de la basura, inseguridad, alumbrado público, obra pública, preservación, conservación y restauración del medio ambiente, servicios públicos, espacios recreativos, desarrollo urbano, prevención y atención de adicciones, capacitación para el trabajo, participación ciudadana, etcétera.

Su poca o nula capacidad recaudativa le genera alta dependencia de los recursos estatales y federales para poder afrontar las diversas problemáticas, muchas de ellas, compartidas con el cabildo quien le aprueba proyecto de ingresos, egresos, así como la cuenta pública, sin embargo, quienes terminan siendo señalados quienes encabezan una presidencia municipal.

Esto ha derivado en la necesidad de contraer deuda pública, lo cual ya ha sido regulado, siendo principalmente el adecuado manejo derivado de la creación en 2016 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM), la cual tiene como objetivo establecer los criterios generales de responsabilidad hacendaria y financiera que regirán a las Entidades Federativas y los Municipios, así como a sus respectivos Entes Públicos, para un manejo sostenible de sus finanzas públicas.

Por ello se debe recordar lo que detallo en su momento un informe presentado en 2012, por la Auditoria Superior de la Federación, sobre el análisis de la deuda pública de estados y municipios, se detalló que “el acelerado crecimiento del endeudamiento subnacional registrado sobre todo a partir de 2009, manifiesta indicios sobre situaciones que pueden representar riesgos para la estabilidad macroeconómica del país y presiones en las finanzas públicas federales”; situación que señalo que los principales problemas eran la falta de transparencia en la deuda total, los pasivos contingentes y las obligaciones financieras de los gobiernos subnacionales.

Si bien dicho informe estaba enfocado a la disciplina financiera, lo cierto es que, además deja de manifiesto la clara ausencia de contrapesos en los cabildos municipales, que deben ser los garantes de un manejo responsable de los recursos públicos municipales.

Otra situación a la que se enfrentan los municipios es el relacionado al de la inseguridad, como lo demuestran los datos que arroja la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), que permite conocer la percepción social sobre la seguridad pública en cada entidad, retomando los resultados al primer trimestre de 2024.

En dicho estudio se refleja que el 61.0% de la población de 18 años y más, residente en 90 ciudades de interés, consideró que es inseguro vivir en su ciudad; además de reflejarse una interesante brecha de género, ya que el 66.5 % de las mujeres y 54.5 % de los hombres consideraron que es inseguro vivir en su ciudad.

Ante las problemáticas señaladas, se destaca la ausencia de los cabildos como contrapesos de poder, así como de quienes lo integran como son las sindicaturas y regidurías, quienes ocupan un espacio de poder político, y son la representación de la ciudadanía.

Siendo el método de elección de las regidurías en Hidalgo, una votación indirecta, ya que dichas figuras son electas a través de planillas, obteniendo el mayor número de integrantes del cabildo quien obtenga el triunfo, dejando algunos espacios para la oposición a través de la figura de la representación proporcional, quienes, no importando el porcentaje de votos obtenidos, su representación de facto se ve reducida en el cabildo.

Por ello, desde este espacio estaremos enfatizando la importancia de conformar cabildos proporcionales a la votación obtenida, conforme al sistema político democrático representativo, nacional y estatal. Debiendo ser electas las regidurías por voto directo, lo que favorecería la representación de la ciudadanía electora. Así como el establecer los umbrales máximos de sobrerrepresentación, como se establece en la Constitución Política en el artículo 54, para que ningún partido o candidatura ganadora, político pueda tener más de ocho puntos porcentuales de sobrerrepresentación en el Congreso, que es el espacio de representación, como ocurre con los cabildos.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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