Cuarenta y cinco días de licencia por paternidad ordenó el Tribunal Electoral local para un trabajador del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam); un asunto que inició cuando la normativa del Ietam establecía solo 10 días para esta prerrogativa.
En México, la mayoría de las instituciones y empresas otorgan a las personas embarazadas una licencia por maternidad de 90 días; mientras las parejas solo pueden disfrutar de cinco días para acompañar a la madre en el cuidado de recién nacido o de un hijo recién adoptado.
La disparidad en la duración de las licencias parentales refuerza estereotipos de género, especialmente, la idea de que el cuidado de la familia es una tarea que les corresponde a las mujeres y el ser proveedores a los hombres.
Además, las licencias de paternidad tan cortas no permiten que los hombres se involucren en el cuidado directo de sus hijos e hijas y en el apoyo a sus parejas durante el embarazo y el postparto, las cuales son tareas no remuneradas.
Aun cuando, la normativa del Instituto Electoral local fue modificada para ampliar la licencia de paternidad a 45 días, en el proyecto del magistrado Iván Arroyo se propuso una licencia igualitaria; es decir, de 90 días, el mismo periodo que la de maternidad.
Una propuesta que retoma las licencias de paternidad otorgadas desde 2021, bajo la presidencia del ministro Arturo Zaldívar Lelo de la Larrea, a empleados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Entre los principales argumentos presentados en el pleno se encuentran la distribución igualitaria de las tareas de cuidado y la protección de la hija o hijo recién nacido, contrarrestar la discriminación laboral hacia las mujeres y evitar que se genere un tipo de discriminación, un trato diferenciado por razones de sexo – género, lo que está prohibido por el artículo primero Constitucional.
Coincido con el criterio que defiende las licencias de paternidad igualitarias, ya que solo con medidas de esta envergadura se logran desafiar los estereotipos de género y fomentar un cambio cultural orientado a que el cuidado y la crianza dejen de ser vistos como una responsabilidad preponderantemente femenina; así como a reducir la discriminación laboral hacia las mujeres, quienes suelen ser vistas como un “riesgo” para la productividad debido a su licencia de maternidad.
Otorgar licencias de paternidad y maternidad igualitarias podría evitar prácticas indebidas de discriminación contra las mujeres, eliminando el embarazo como un factor de decisión en la contratación.
Además, extender la licencia de paternidad a 90 días también tiene beneficios como el aumento de la productividad y la lealtad de los empleados.
Un caso de litigio estratégico con el potencial de establecer un precedente significativo en materia de igualdad laboral e igualdad sustantiva.
La sentencia que otorgó la licencia de 45 días aún puede ser impugnada mediante un Juicio de Revisión Constitucional, cuya resolución estaría a cargo de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral Federal.
Este proceso podría resultar en el reconocimiento de una licencia de paternidad igualitaria para el actor, marcando un avance clave en la garantía de derechos, aunque sea a golpe de sentencia.