Política

Encuestas: lecciones electorales sin alumnado

A más tardar, cinco días después de publicar una encuesta se debe entregar el estudio demoscópico completo a la autoridad electoral, Instituto Nacional Electoral o la autoridad electoral local, según las elecciones sobre las que versa la encuesta.

Esta obligación plasmada en el art. 136 del Reglamento de Elecciones pretende allegar información clave a la ciudadanía para que pueda interpretar las estimaciones sobre las preferencias electorales.

En este contexto, el pasado mes de septiembre, atendiendo a la función de verificar el cumplimiento de los criterios generales en materia de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales que deberán adoptar quienes pretendan llevar a cabo este tipo de estudios en la entidad de que se trate, el Instituto Electoral de Tamaulipas presentó su primer informe del proceso electoral 2023 – 2024.

Estos informes mensuales presentan la vitrina metodológica de cada encuesta con datos como los objetivos del estudio, el marco muestral y el diseño muestral que contiene la definición de la población objetivo, el procedimiento de selección de unidades, procedimiento de estimación, tamaño y forma de obtención de la muestra, la calidad de la estimación (confianza y error máximo implícito en la muestra), frecuencia y tratamiento de la no-respuesta, tasa de rechazo general a la entrevista, método y fecha de recolección de la información.

Además, se incluye el cuestionario o instrumentos de captación, forma de procesamiento, estimadores e intervalos de confianza, resultados, la preferencia de votación bruta y la efectiva, modelo de votantes probables o cualquier otro parámetro que no consista en el mero cálculo de frecuencias relativas de las respuestas, quienes diseñaron, pagaron y/o difundieron la encuesta o sondeo; así como la experiencia profesional y formación académica de la casa encuestadora.

Una lógica pedagógica orientada al electorado fue la directriz del diseño normativo concebido para la difusión de los resultados de las encuestas y sondeos de opinión, con el objetivo de capacitar a la ciudadanía en la interpretación de

encuestas.

No obstante, la presentación oportuna de los informes de la autoridad electoral administrativa local no ha sido suficiente para alcanzar el propósito pedagógico primigenio: mejorar las capacidades de la ciudadanía para “leer encuestas”.

En un entorno inundado de información y desinformación, distinguir entre las encuestas legítimas y aquellos ejercicios sesgados que distorsionan la percepción de la realidad es muy importante, pero no es sencillo.

Para ello se requiere revisar, al menos, la vitrina metodológica del ejercicio demoscópico y el prestigio de la casa encuestadora.

La responsabilidad de discernir entre encuestas genuinas y propagandísticas no recae solo en los individuos, sino en la sociedad en su conjunto.

Les toca a los medios de comunicación, instituciones electorales, partidos políticos, líderes y analistas comprometerse con la transparencia y la veracidad de las encuestas, con su difusión y el fortalecimiento de la labor pedagógica que permita al electorado reconocer la valiosa información que le aportan a su decisión en las urnas el próximo 2 de junio.


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Nohemí Argüello Sosa
  • Nohemí Argüello Sosa
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