Política

Carlos Peña Ortiz

  • Dato duro
  • Carlos Peña Ortiz
  • Juan Carlos López Aceves

Una lectura objetiva del resolutivo aprobado por unanimidad, el pasado 30 de marzo, por la Sala Regional con sede en Monterrey, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, permite concluir que, la suspensión de los derechos políticos de Carlos Víctor Peña Ortiz, y su estatus de inelegible para ser votado, se origina por desacatar los requerimientos de un Juez de Control del Poder Judicial local, desde 2021.

Me refiero al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, SM-JDC-125/2024 y su acumulado SMJDC-128/2024, que se turnaron a la ponencia del magistrado Ernesto Camacho Ochoa.

Litigio que se origina siendo gobernador, Francisco García Cabeza de Vaca, a raíz de una demanda atendida por la Fiscalía General de Justicia, de Irving Barrios Mojica, y el Supremo Tribunal de Justicia, de Horacio Ortiz Renán.

“¿Fue correcto que se negara al impugnante el trámite de reincorporación al padrón electoral y la expedición de su credencial para votar?” La respuesta de la Sala Regional es afirmativa, dando la razón al INE.

Primero, porque la petición de reincorporación al Padrón Electoral de Peña Ortiz fue extemporánea y, en segundo lugar, la suspensión de sus derechos ordenada por un mandato judicial sigue firme.

Incluso, la sentencia cita la querella del Ministerio Público de la FGJ ante una Sala Regional del STJ, para mantener la suspensión de los derechos de Peña Ortiz, considerado como “prófugo de la justicia”, encuadrando en lo dispuesto en la fracción V, del artículo 38 constitucional.

Apoyada en la jurisprudencia y tesis 6/97, X/2011 y IX/2010, emitidas por la Sala Superior, la Sala Regional niega la razón a Peña Ortiz, quien tiene una orden de aprehensión dentro de la carpeta procesal CP/0017/2021.

Tomando en cuenta la jurisprudencia 9/2009, de la Sala Superior, la Regional de Monterrey confirma la resolución de la Junta de Distrito 02 de Reynosa, para dar de baja en el Padrón Electoral y mantener inelegible a Peña Ortiz.

Quien ha tramitado un recurso de reconsideración (REC-231/2024), turnado a la ponencia del magistrado FELIPE FUENTES BARRERA, que en teoría la Sala Superior resolverá apoyando a la Sala Monterrey.

Objetivamente es lo esperado.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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