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¿Cuál es la MULTA por ORINAR en una carretera federal? AQUÍ te decimos

En caso de cometer esta falta al reglamento de las carreteras federales, los usuarios se harán acreedores a una multa.

Aunque en las carreteras federales y autopistas del país se cuenta con servicios auxiliares para los usuarios, a veces las paradas en los establecimientos son casi obligatorias porque el cuerpo tiene necesidades.

Y es que, en las estaciones de servicio de emergencia y gasolineras se cuenta con tiendas y baños, pero a veces, las personas no pueden llegar a dichos lugares y optan por hacer sus necesidades en la maleza que rodea la carretera. 

Si te pasa esta situación, que a veces es inevitable, puedes hacerte acreedor a una multa, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal de México.

¿De cuánto es la multa por orinar en carreteras federales?

Según el artículo 94 del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales está prohibido a conductores, pasajeros y peatones orinar y defecar en las vías federales.

En el apartado también se indica que, de igual manera, queda prohibido realizar en las carreteras "actos que atenten contra la moral pública o pudor de los demás usuarios".

En dicho artículo, también señala que los usuarios pueden hacer uso de las estaciones de servicios auxiliares que forman parte de la infraestructura de las carreteras federales a lo largo del país. Es decir, de los baños públicos.

Y en caso de cometer esta falta al reglamento de las carreteras federales, los usuarios se harán acreedoras a una multa de 5 a 10 veces la cuota diaria equivalente al salario mínimo diario, así que la multa que podrías terminar pagando por orinar o defecar en una autopista o carretera va de los de mil 37 pesos a los 2 mil 74 pesos.

En el caso de los peatones, éstos sólo recibirán una amonestación verbal por parte de las autoridades de tránsito.

LG

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