Policía

Loretta Ortiz propone validar penas contra personas que compartan videos sexuales de menores

El apartado fue impugnado por una persona que fue condenada a la pena mínima de 15 años de prisión por el citado delito, el cual se puede castigar hasta con 30 años de cárcel.

Una ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá declarar constitucional las penas que se imponen a los responsables del delito de trata de personas, particularmente por compartir videos en el que aparecen menores de 18 años de edad en actos sexuales.

En lo que será la última sesión de la primera sala el 13 de agosto, Loretta Ortiz Ahfl planteará a sus homólogos validar las sanciones previstas en el artículo 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos.

Caso del que depara la medida

El apartado fue impugnado por una persona que fue condenada a la pena mínima de 15 años de prisión por el citado delito, el cual se puede castigar hasta con 30 años de cárcel.

El quejoso aseguró que la sanción es inconstitucional porque es desproporcionada. No obstante, la togada se pronunciará por negar el amparo y confirmar la pena.

Ortiz Ahfl advierte que la trata de personas es un fenómeno socio-delictivo de tal complejidad, no sólo por las redes delictivas que participan en su conformación y ejecución, sino porque involucra un conjunto de abusos, malos tratos, tortura y otras clases de ofensas que trastocan la dignidad humana, de ahí la trascendencia de que se hayan regulado los delitos en materia de trata de personas.

“Entonces, en el caso concreto, la pena mínima privativa de libertad que le fue impuesta al recurrente y que se encuentra prevista en el párrafo tercero, con relación al primero del artículo 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos, bajo ninguna circunstancia puede considerarse que viola el principio de proporcionalidad”, detalla el proyecto.

Delito tiene distintos matices sociales

La ministra señala que este tipo de delitos han sido considerados como una forma contemporánea de esclavitud y como una forma de violencia a los derechos humanos de las personas que tienen un estatus vulnerable, como mujeres, niñas, niños y migrantes.

Quienes han sido utilizados como producto de cambio por quienes cometen esas conductas delictivas.

Recordó que el Congreso de la Unión dotó de herramientas jurídicas a las autoridades para que investigaran, persiguieran y sancionaran ese tipo de delitos tan dañinos, y esto se hizo posible con una ley general en materia de trata de personas.

“Por lo anterior, se concluye que la pena privativa de libertad prevista en el artículo 16 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos —tanto en el párrafo primero como en el tercero— de 15 a 30 años se adecua a la gravedad de las conductas y a la afectación a los bienes jurídicos que se protegen, al ser el delito de trata de personas, un fenómeno que involucra una pluralidad de conductas que pone en peligro diversos bienes jurídicos”.
“En ese sentido, se considera que respeta el principio de proporcionalidad contenido en el artículo 22 constitucional”, menciona su propuesta.

Cabe señalar que, el artículo establece penas de 15 a 30 años de prisión y de 2 mil a 60 mil días multa, así como el decomiso de los objetos, instrumentos y productos del delito, incluyendo la destrucción de los materiales resultantes, al que procure, promueva, obligue, publicite, gestione, facilite o induzca, por cualquier medio, a una persona menor de 18 años de edad.

Esto también cuando no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tenga capacidad de resistir la conducta, a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal, con fines sexuales, reales o simulados.

Esto con el objetivo de producir material a través de video grabarlas, audio grabarlas, fotografiarlas, filmarlos, exhibirlos o describirlos a través de anuncios impresos, entre otros.

RM


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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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