Policía

Policía de Zapopan detiene a hombre con más de 300 pastillas de clonazepam

El aseguramiento se logró en la colonia Valle de Los Molinos, donde los oficiales de la Policía de Zapopan realizaban su recorrido de vigilancia.

La mañana de este viernes, un hombre fue detenido en 

la colonia Valle de Los Molinos de Zapopan, donde los oficiales de la Policía del municipio metropolitano realizaban su recorrido de vigilancia.

Durante el rondín cotidiano, los elementos de seguridad lograron divisar a una persona sospechosa, por lo que le indicaron el alto para realizarle una revisión de rutina, bajo protocolo de sus pertenencias.  

Al momento le fueron encontradas y decomisadas, 365 pastillas de clonazepam, junto con cuatro frascos pequeños del mismo medicamento en líquido que el hombre portaba en una mochila.

Será procesado en Puente Grande

El hombre, identificado como Salvador “J”, fue puesto a disposición de las autoridades correspondientes, quienes determinaron que, el detenido, deberá estar en prisión durante el tiempo que dure su proceso en el complejo penitenciario de Puente Grande.

La determinación se llevó a cabo gracias a que, por medio del Ministerio Público Federal, se obtuvo del juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio el auto de vinculación a proceso contra Salvador “J”, por su probable responsabilidad en la comisión del delito contra la salud, en su modalidad de posesión de medicamentos controlados, con fines de comercio.

¿Cuál es la pena por comercio de medicamentos?

Según el artículo 475 de la Ley General de Salud se impondrá prisión de cuatro a ocho años y de doscientos a cuatrocientos días multa, a quien sin autorización comercie o suministre, aún gratuitamente, narcóticos. Las penas aumentarán en una mitad cuando:

  1. Se cometan por servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar, juzgar o ejecutar las sanciones por la comisión de conductas prohibidas en el presente capítulo. Además, en este caso, se impondrá a dichos servidores públicos destitución e inhabilitación hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta;
  2. Se cometan en centros educativos, asistenciales, policiales o de reclusión, o dentro del espacio comprendido en un radio que diste a menos de trescientos metros de los límites de la colindancia del mismo con quienes a ellos acudan, o
  3. La conducta sea realizada por profesionistas, técnicos, auxiliares o personal relacionado con las disciplinas de la salud en cualesquiera de sus ramas y se valgan de esta situación para cometerlos. En este caso se impondrá, además, suspensión e inhabilitación de derechos o funciones para el ejercicio profesional u oficio hasta por cinco años. En caso de reincidencia podrá imponerse, además, suspensión definitiva para el ejercicio profesional, a juicio de la autoridad judicial.

OV​

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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