Las reformas que facilitan las candidaturas comunes para competir por la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, alcaldías y diputaciones locales, fueron declaradas constitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El fallo se derivó tras el estudio de las acciones de inconstitucionalidad que promovieron los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano, los cuales impugnaron las modificaciones que realizó el Congreso local al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.
El Pleno de la Corte votó contra el proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales, quien propuso invalidar todas las modificaciones.
El ministro ponente dijo que las reformas debían ser invalidadas por una probable violación al proceso legislativo, ya que la aprobación del dictamen se dio sin el quorum necesario. Sin embargo, la presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, indicó que, de acuerdo a constancias, sí hubo el quorum suficiente.
Por su parte, la ministra Margarita Ríos-Farjat manifestó que a pesar de que se registraron irregularidades durante la sesión de la comisión donde se aprobó el dictamen, éstas no eran suficientes para invalidar la reforma.
“Si bien el trabajo de la comisión fue irregular, el resto del procedimiento legislativo se llevó a cabo de manera correcta […] El dictamen se hizo del conocimiento de la Mesa Directiva cinco días antes de la sesión del Pleno, y esto permitió justamente a los legisladores que se impusieran de su contenido días antes de su debate en la sesión plenaria y con suficiente tiempo”, declaró la ministra.
ABR