Iniciaron las campañas para la elección de los ayuntamientos que gobernarán a los municipios del Estado de Coahuila, a partir del 1º de enero de 2025.
Los ayuntamientos son la autoridad más próxima a los ciudadanos; y responsables inmediatos de garantizar la convivencia ordenada y la prestación eficiente de los servicios públicos.
Las relaciones entre los ayuntamientos y los habitantes de los municipios, y de estos entre sí, están reguladas por los reglamentos municipales.
Pero no obstante su trascendencia, existe poca difusión acerca de la naturaleza de los municipios; y de la organización, responsabilidades y funciones de los ayuntamientos.
Lo concerniente a esos temas está instituido en el artículo 115 de la Constitución federal; cuyo contenido desarrollan las constituciones locales y puntualizan los códigos o leyes municipales.
Los aspectos fundamentales de los municipios son su libertad o autonomía, esto es, que sólo dependen de las leyes y no de una autoridad superior; y los ayuntamientos son un orden de gobierno y no una instancia administrativa.
En efecto, los ayuntamientos como gobierno tienen facultades reglamentarias, administrativas, y de impartición de justicia para resolver los conflictos entre la autoridad y los habitantes.
El artículo 115 constitucional a grandes rasgos dispone:
“Cada municipio será gobernado por un ayuntamiento que ejercerá sus funciones de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia entre éste y el gobierno del Estado”.
“Los municipios tienen personalidad jurídica.
De conformidad con las leyes, manejarán su patrimonio; expedirán los bandos de policía y gobierno; y los reglamentos que organicen la administración municipal y la prestación de los servicios públicos; así como la participación ciudadana”.
El conocimiento de la naturaleza y funciones de los ayuntamientos es básico para calificar el desempeño de los cabildos y la idoneidad de los candidatos: por eso continuaré este tema.