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Libertad verdadera a las mexicanas

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  • Marco Antonio García

Al invalidar por unanimidad los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la legislación de Coahuila que imponía de uno a tres años de cárcel a la mujer que se practicara un aborto de manera “voluntaria”o a la persona que lo hiciere, declaró inconstitucionalcriminalizarlo de forma absoluta por parte de mujeres en gestación, en todo México.

En un fallo considerado “histórico” para el país y las mexicanas en lo general, tras haberse alcanzado la mayoría en el pleno de la Corte que superó los ocho votos para lograrlo por unanimidad, las decisiones de uno de los tres poderes de la Unión, obligarán a todos los jueces de México, federales y localesa apegarse a la nueva legislación.

Y es que en la actualidad, la interrupción voluntaria del embarazo se castiga con cárcel en casi toda la república, ya quehasta hoy sólo se permite en Oaxaca, Veracruz, Hidalgo y Ciudad de México.

En una breve reseña de la sesión del martes, el pleno de la Corte declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal de Coahuila que castigaban con tres años de prisión, el aborto voluntario.

Tras el llamado, “fallo histórico”, el ministro presidente de la SCJN aseveró con vehemencia, “hoy es un día inolvidable para los derechos de todas las mexicanas y las personas gestantes, ya que a partir de este martes, se conforma un parteaguas en la historia de los derechos de las mujeres, sobre todo, las más vulnerables”.

Zaldívar explicó, como la decisión se aprobó con la mayoría calificada, sienta jurisprudencia, porque con ese criterio unánime del tribunal constitucional, no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusiónsino que establece un criterio obligatorio para los jueces del país.

Dicha sentencia establecerá que los juicios pendientes de resolución que impliquen cárcel a una mujer por interrumpir su embarazo, tendrán que ser fallados en el mismo sentido dictado por la Corte, con la liberación de la acusada.

Asimismo, lo trascendente de la aprobación es que a partir de ahorano se podrá enjuiciar y sentenciar a alguna mujer, sin violar el criterio de la Corte y nuestra Constitución, procesar a mujer alguna que aborteen los supuestos que ha considerado válidos ese tribunal constitucional.

En esa confluencia de ideas y exposiciones, el ministro Luis María Aguilar Morales, autor del proyecto aprobado, afirmó que con esa decisión se eliminan obstáculos para el acceso a la salud; el libre desarrollo de la personalidad y la igualdad de el sector femenino.

Sentenció, nunca más una mujer o persona gestante deberá ser juzgada penalmente, ya que hoy se destierra la amenaza de prisión y el estigma que pesa sobre las personas que deciden interrumpir de forma libresu embarazo.

Con esa determinante aprobación, la SCJN invalidó el controversial artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que castigaba con prisión el aborto voluntarioy la fracción del 198, que impedía a una mujer ser asistida por personal de salud en el procedimiento. De igual forma, el artículo 199, que limitaba solo las primeras 12 semanas de gestación, el plazo para que una víctima de violación pudiera abortar.

En la historia definitoria dentro de los artículos impugnados, se invalidó el 224 fracción II, que establecía una penalidad menor al delito de violación, cuando el responsable era el esposo de la víctima.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat fue de las que fundamentaron su voto y expuso que diversos cálculos señalan que en México se practican cada año entre 750 mil y un millón de abortos, de los cuales, la tercera parte resulta en complicaciones que requieren atención médica.

La interrupción voluntaria del embarazo no es un tema penal sino de salud pública y que como tal, le corresponde asumirlo al Estado, arguyó la togada.

Fue más allá la ministra y con todo el énfasis reiteró que el alegato del derecho a la vida esconde ideas machistas que limitan la libertad de ellas y las castiganpor interrumpir la gestación: “además del estigma, la impotencia y el abandono, ¿enfrentar una sanción penal? ¿Y esto se hace en nombre de la vida? sin contar también que lleva implícita una idea de castigo, de una maternidad por castigo, de una maternidad de la que todos pueden opinar mientras reprueban a la gestante.

Y sentenció su alocución con férrea defensa de las mexicanas: “por todas estas reflexiones, me inclino a no penalizar la interrupción voluntaria del embarazo.”

Marco Antonio García Granados


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