Política

¿En contra o a favor de los derechos humanos?

La reciente acción de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al presentar una acción de inconstitucionalidad contra seis artículos esenciales de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de Puebla ha generado una profunda preocupación y críticas justificadas.

Esto, debido a que la decisión de la CNDH, en lugar de salvaguardar los derechos fundamentales, parece ir contra los intereses de la ciudadanía, la movilidad urbana eficiente y la seguridad vial.

La impugnación, dirigida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), busca la invalidación de varios artículos de la ley, entre ellos el Artículo 26, fracción XXX, así como el Artículo 73, fracción VI, y el Artículo 164, los cuales abordan la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

En lugar de representar un obstáculo, esta disposición es esencial para proteger los derechos de quienes podrían resultar afectados en incidentes de tránsito, ya que la exigencia de seguros registrados se revela como una medida proactiva que contribuye a la pronta identificación y resolución de siniestros, garantizando una compensación adecuada para las partes involucradas.

No obstante, la impugnación también se extiende al Artículo 127, a pesar de que contempla la suspensión de la licencia de conducir por un año en casos específicos, medida que se convierte en un elemento crucial para garantizar la seguridad vial al centrarse en la prevención de reincidencias y asegurar que quienes cometan infracciones graves enfrenten consecuencias proporcionadas a la gravedad de sus acciones, y que debería de alarmarnos a todas y todos que la propia CNDH sea quien quiera ir contra su implementación.

Otro punto de controversia es la impugnación del Artículo 168, el cual contempla la cancelación de licencias para conducir en situaciones excepcionales, cuyo objetivo es contribuir a mantener la integridad del sistema de tránsito y que debería celebrarse que por fin se considere dentro del marco normativo para todas las entidades, en lugar de verse como una afectación a los usuarios de la vía pública.

Es esencial recordar que esta ley surge como respuesta a la tragedia que cobró la vida de Emmanuel Vara Zenteno, un incidente que movilizó a la sociedad en busca de justicia y seguridad vial, por lo que la impugnación de la CNDH parece desconectar la importancia de estas disposiciones con la necesidad de proteger los derechos fundamentales de los peatones y ciclistas.

En lugar de abogar por la seguridad vial y el respeto a los derechos de los ciudadanos, la CNDH Puebla ha adoptado una postura que cuestiona la efectividad y la necesidad de medidas destinadas a garantizar la seguridad en las vías.

La sociedad merece una explicación clara y convincente sobre los motivos detrás de esta impugnación, que parece ir contra los intereses de la ciudadanía y la seguridad en las carreteras.

Además, estas acciones contravienen el derecho a la ciudad y a la movilidad.

Al cuestionar las medidas que buscan mejorar la seguridad vial, la CNDH Puebla parece pasar por alto la importancia de garantizar un entorno urbano seguro y accesible para todos, pero la ciudadanía merece una defensa de sus derechos que promueva la seguridad y la equidad en la movilidad, en lugar de obstaculizar medidas destinadas a lograr estos objetivos, por lo que nos toca exigir que cualquier institución, empezando por la ya mencionada, los respete y haga valer.


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Marcela Brown
  • Marcela Brown
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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