Política

Las peleas de gallos

En 2018 la Suprema Corte de Justicia determinó que ninguna práctica cultural en la que haya maltrato y sufrimiento animal puede considerarse amparada por la constitución. Sin embargo, el Congreso local manifiesta reiteradamente su interés en no acatar tal principio.

El pasado 19 de agosto, tras el veto del gobernador y con un trabajo muy diligente que se antoja para las iniciativas que protegen los derechos, se volvió a aprobar el combate de aves como patrimonio cultural inmaterial. Las peleas de gallos son una forma de violencia contra los animales y al mismo tiempo representan violencia cultural y estructural, educan en el maltrato y el sufrimiento puesto que eso reproducen.

El patrimonio cultural no debe representar una forma de violencia porque sería reconocerla como un aspecto identitario, eso implica la cultura, la identidad y no abonaría a la construcción de sociedades pacíficas y sostenibles.

Muchas prácticas culturales -es decir, instaurada por una sociedad humana- se han justificado como naturales en su momento y no por ello perduran, se han erradicado en tanto hay avances en la defensa de los derechos humanos y reconocimiento de la dignidad como cualidad inherente.

Debemos observar la capacidad de sintiencia de los animales, vigilar su bienestar y en ello cabe señalar que el combate de aves no es natural en tanto se hace en un contexto de goce y explotación económica de una sociedad humana.

Revitalizar esa práctica como costumbre implica validar el trasfondo violento y fortalecer la premisa de que hay quienes pueden gozar con el sufrimiento de otros seres, independientemente de la especie a la que pertenezcan. Protegerla, además, bajo el título de patrimonio es ir en retroceso en la búsqueda de la garantía de la vida digna tanto humana como animal.

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Lol Canul
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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