Política

4T+111+28+152+44+37= Política

  • Dato duro
  • 4T+111+28+152+44+37= Política
  • Juan Carlos López Aceves

La semana pasada el Congreso del Estado aprobó las bases para homologar el procedimiento previsto en el artículo 111, párrafo quinto de la Carta Magna, respecto a la última palabra que la Legislatura local tiene sobre la declaratoria para proceder penalmente contra un gobernador.

Acuerdo basado en los artículos 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, 152 de la Constitución Política local, 37 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado y el 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores de Tamaulipas.

Para descifrar lo anterior, he leído con detenimiento la exposición de motivos y las intervenciones en la tribuna en el Diario de los Debates, sobre la reforma a los artículos 108, 109, 110, 111, 112, 113 y 114 del Título Cuarto de la Carta Magna, que originó el tema que hoy nos ocupa.

En la misma exposición de motivos, el Presidente de la Madrid subraya que, tanto la reforma al artículo 110 (juicio político) como del 111 (declaración de procedencia en materia penal), debe evitar “represalias políticas”.

Aprobado por la Cámara de Diputados el 18/12/1982, el dictamen señala que el “Ejecutivo Federal se ratifica profundamente federalista y respetuoso de las soberanías de los estados, por los que su iniciativa establece que corresponde a los gobiernos estatales y municipales, en el ámbito de su respectiva competencia, regular la forma de prevenir, identificar y sancionar el desvío de los servidores públicos en el desempeño de sus atribuciones”.

Incluso, el artículo 111 de la iniciativa presidencial se modificó en el Senado, para dejar en claro que la declaración de procedencia contra un gobernador “solamente tendrá el efecto de que se comunique a las Legislaturas”, subraya el dictamen de las Comisiones de Justicia y de Puntos Constitucionales.

Conociendo lo anterior, la sumatoria de los artículos ya mencionados con la acción emprendida por la 4T contra el gobernador de Tamaulipas tiene como resultado una ecuación eminentemente política y con fines electorales.

Precisamente lo que quiso evitar la reforma de la renovación moral de 1982.

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