Es cosa de todos los días, la policía en complicidad con ministerios públicos hace un arresto por algún asunto y, como las cosas no están claras, terminan sembrando o a veces encontrando un poco de mariguana en los detenidos, con lo que les avientan otro presunto delito y por lo menos los tienen detenidos un rato.
Es también cosa de todos los días: el partido mayoritario y sus líderes legisladores se comprometen a legislar para regular el consumo, la producción, distribución y venta de mariguana y no lo hacen. Y ha tocado que sea la Suprema Corte de Justicia la que con sus decisiones abra algunas ventanas para acabar el absurdo del prohibicionismo absoluto.
O parece que había tocado. El próximo 11 de mayo está listado para ser discutido en la primera sala un asunto que, de ser apoyado el proyecto como ha sido presentando por el ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, se darían varios pasos atrás.
Es el amparo en revisión 585/2020. Édgar “N”, quien fue detenido por la policía de Ciudad de México por portar cannabis y vinculado a proceso por el delito de posesión simple contemplado en los artículos 473, 477 y 479 de la Ley General de Salud. En la petición de amparo realizada por México Unido Contra la Delincuencia se reclama la inconstitucionalidad del delito de posesión simple “por contravenir los principios democráticos del derecho penal y ser una medida desproporcional al bien jurídico que pretende proteger: la salud pública”. El delito de posesión simple se clasifica así cuando no se puede demostrar que la portación de la sustancia esté destinada a la comercialización o el suministro aun gratuito a terceras personas. Es decir, se sanciona el consumo individual.
El proyecto del ministro González Alcántara no ve problema con eso. La pregunta es qué hará el resto de la sala: las ministras Ríos Farjat y Piña Hernández y los ministros Gutiérrez Ortiz Mena y Pardo Rebolledo.
Cómo votarán en tiempos que el gobierno, y en particular el Presidente, ha aumentado sus discursos prohibicionistas y en contra de cualquier tipo de consumo. Como lo dice MUCD: “El proyecto no hace un análisis de por qué la tipificación de la posesión simple —sin fines de comercio o suministro— afecta a la salud pública”. Lo que sí hace es perpetuar la criminalización.
@puigcarlos