El pasado 28 de junio fue un día histórico para las libertades. Después de un largo camino, la Suprema Corte emitió la declaratoria general de inconstitucionalidad que eliminó la prohibición absoluta del consumo lúdico de mariguana en nuestro país. De esta forma, la Corte garantizó el ejercicio del libre desarrollo de la personalidad en todo el territorio nacional y defendió de manera contundente la autonomía de las personas para elegir y materializar su propio proyecto de vida, sin interferencias injustificadas del Estado o de terceros.
La historia de la mariguana en la Suprema Corte comienza en noviembre de 2015, cuando la Primera Sala dictó la primera sentencia que declaró inconstitucional la prohibición absoluta de su consumo lúdico. Desde aquel momento reconocimos que nuestra Constitución recoge una visión robusta de la libertad individual, bajo la cual cada persona puede tomar sus decisiones conforme a sus valores, aspiraciones y su visión del mundo, sin que nadie pueda imponerle una decisión ajena mientras se respeten los derechos de terceros y el orden público. La sentencia marcó un hito en el debate sobre la política de drogas del Estado mexicano, pues introdujo por primera vez una óptica de derechos humanos a la discusión pública y detonó una conversación que ha sido vital para cambiar de rumbo tras un siglo de política prohibicionista.
Desde aquella sentencia paradigmática, la Suprema Corte ha reiterado en cuatro ocasiones su criterio, reafirmando una y otra vez que las personas gozan de un ámbito de libertad que no puede ser transgredido, ni por motivos paternalistas, ni en aras de imponer algún modelo de virtud desde el Estado. Como resultado de estos fallos, se dio inicio al procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad.
La declaratoria es un instrumento de diálogo entre poderes y de preservación del orden constitucional. Su finalidad es que no se postergue indefinidamente el ejercicio de los derechos y las libertades reconocidas en sede jurisdiccional. Por ello, permite a la Suprema Corte notificar al Congreso cuando una norma ha sido declarada inconstitucional mediante jurisprudencia, a efecto de que se corrija el problema en sede legislativa. Con todo, si no se alcanza una solución parlamentaria en los plazos otorgados por la Corte, la Constitución la faculta para anular la disposición en forma definitiva y con efectos generales.
Ese fue precisamente el escenario que condujo a la decisión histórica del pasado 28 de junio. Por una mayoría de ocho votos, el Tribunal Pleno anuló las disposiciones que prohibían de manera absoluta el autoconsumo de mariguana con propósitos recreativos. A partir de ahora, la Secretaría de Salud podrá autorizar el cultivo, la cosecha, la preparación, la posesión y el transporte de la mariguana con estos fines a las personas adultas que lo soliciten, aunque precisando que este derecho nunca podrá ejercerse frente a menores de edad, ante personas que no brinden su autorización en un espacio público, ni al realizar cualquier actividad que pueda ser riesgosa para terceros como conducir un vehículo.
La decisión de la Corte es una muestra paradigmática de justicia constitucional, pues le dio plena eficacia a la autonomía personal y permitió que su ejercicio ya no se postergue. Con todo, la Suprema Corte no puede sustituir a los órganos a los que corresponde diseñar las políticas públicas y medidas regulatorias para atender en forma adecuada este fenómeno, siempre desde una visión fincada en los derechos humanos y las libertades. Por ello, la Suprema Corte también hizo un exhorto al Congreso de la Unión para que legisle al respecto, con la finalidad de generar las condiciones necesarias para ejercer este derecho responsablemente.
Se cerró así un ciclo por la defensa de las libertades que comenzó hace más de cinco años, haciendo efectivo —de una vez por todas— el derecho al autoconsumo lúdico de mariguana. Lo anterior es una muestra contundente de que la Suprema Corte y el Poder Judicial atraviesan una de las etapas de mayor vigor e independencia de su historia, defendiendo las libertades con aplomo y determinación, utilizando las herramientas que la propia Constitución nos otorga.
A su vez, confirma que los instrumentos que recoge la Constitución para la defensa de los derechos funcionan, y que un Tribunal Constitucional cumple un papel fundamental en la consolidación de los cambios sociales que se requieren para hacer realidad nuestros compromisos más altos de libertad y justicia.
Arturo Zaldívar