La declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal 2020 se debe presentar como máximo este 31 de mayo, para las personas físicas por lo que el Sistema de Administración Tributaria (SAT), pide a las y los contribuyentes a cumplir con esta obligación fiscal.
Esta fecha fue extendida debido a la pandemia y con el efecto de seguir contribuyendo a la Jornada de Sana Distancia, se exhorta a las y los contribuyentes a que privilegien el uso de las distintas herramientas tecnológicas a su disposición para el cumplimiento de esta obligación y evitar asistir, en lo más posible a sus oficinas.
En Hidalgo, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), se ha alistado para dar asesoramiento a las personas físicas que tienen que presentar esta obligación, y se podrá realizar de forma presencial, con previa cita, o a distancia.
Así lo informó su titular en la entidad, Alejandro Gutiérrez Moyao, quien explicó, antes de la veda electoral, que la idea es que con el programa Declara en tu Casa se evite las aglomeraciones en las instalaciones y evitar con ello contagios de covid-19, por lo que espera que las y los contribuyentes se preparen anticipadamente, para cumplir con sus obligaciones fiscales.
“Ya estamos dando asesoramiento personalizado, a través de cita, y los horarios son de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas, pero también estamos apoyando a las y los contribuyentes a que se asesoren a través de canales remotos, como por Zoom o por llamada telefónica.
“Con el tema Declaración Anual, la Prodecon lanzó el programa Declara en tu Casa que tiene la finalidad de auxiliar a las personas que deseen cumplir con anticipación con esta obligación fiscal, además de que verifiquen recibos, facturas y las deducciones de algún gasto, aquí las y los podremos apoyar”, indicó.
Y es que explicó, debido a la pandemia, se desea prevenir las aglomeraciones en las oficinas, es por ello que desde marzo se pueden realizar citas para dar asesorías con el fin de cumplir en tiempo y forma con la Declaración Anual 2020.
“Es bien importante que las personas sepan que es deducible, que tengan al tanto los comprobantes fiscales que se emitieron, así como los gastos médicos, dentales, de servicios profesionales, colegiaturas, créditos hipotecarios, que se verifique que todo esté en orden, por lo que estamos apoyándolos con la finalidad de que cumplan con esta obligación fiscal”, expuso.
De acuerdo a términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y su reglamento, se podrá deducir la renta o compras de tanques de oxígeno, así como de concentradores, en esta Declaración Anual 2020, así como para el próximo año.
“La adquisición y renta de tanques de oxígeno o las recargas, así como los concentradores de oxígeno medicinal, se consideran una deducción personal y se puede deducir en la Declaración Anual y estos insumos deben encontrarse destinados al rehabilitación del paciente, por lo que son gastos que van en relación a su línea directa familiar.
“Los requisitos para deducir este tipo de gastos es que tengan el CFDI emitido cuyo uso corresponda a honorarios médicos, dentales u hospitalarios o gastos médicos, y la forma de pago es a través de cheque nominativo, transferencia de fondos, tarjetas de débito crédito de servicios, y el gasto debe estar vinculado a al tratamiento médico que se le haya prescrito al paciente para su restablecimiento”, concluyó.