El primer vicepresidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados (BMA), Jorge Sepulveda, señaló que la iniciativa presidencial que reforma a la Ley de Amparo tiene algunos puntos legales que preocupan a los miembros del programa.
En entrevista con Carlos Zúñiga para MILENIO Televisión, el vicepresidente señaló que uno de los aspectos más relevantes es la ampliación de los catálogos por virtud, bajo los cuales los ciudadanos pueden solicitar el amparo.

¿Qué dijo Jorge Sepulveda?
“En estos catálogos no cabe la suspensión. La Ley de Amparo es el único instrumento con el que cuenta el ciudadano común, como tú y como yo, para defendernos de los actos de autoridad. La autoridad posee el imperio y posee muchos medios para ejecutar sus resoluciones”, detalló.
Asimismo, el vicepresidente recalcó su inquietud por la reforma que destaca que no se aplicarán suspensiones que permitan desbloquear cuentas bancarias promovidas por la Unidad de Inteligencia Financiera contra lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.
“Pensemos en un ejemplo, para los periodistas como ustedes que aparecen de repente en la famosa lista de personas que aparecían sin garantía de audiencia, cuyas cuentas bancarias y bienes quedan congelados. Ante la espera de que un juicio termine, ¿quién va a aguantar sin una suspensión del acto reclamado? Un par de años inclusive podría durar el proceso y no podrías tener acceso a tus recursos”, expuso.
Enfatizó la apertura de la BMA a comparecer y a presentarse en el Senado para hablar de cuáles son las consecuencias de la reforma, con el fin de obtener una ampliación de los derechos de la ciudadanía, más que una restricción en las garantías individuales por parte de la autoridad.
“A diferencia de años anteriores, la nueva administración del Congreso de la Unión le está dando importancia al diálogo. Esperamos que abogadas y abogados de la BMA sean escuchados y que la reciente legislación tome en cuenta nuestros comentarios”, agregó.
¿En qué consiste la iniciativa de Sheinbaum?
Dicha iniciativa busca fortalecer el juicio de amparo, consolidarlo como el recurso para la defensa efectiva de los derechos humanos, así como medio de control legal y constitucional.
Plantea, entre otros puntos, la improcedencia de la suspensión por lesión del interés social o de disposiciones de orden público en materia administrativa, a fin de evitar que se lleven a cabo actividades ilícitas que lesionen los intereses de la sociedad.
Asimismo, para fortalecer la capacidad del Estado mexicano en la investigación y contención del flujo de recursos de origen ilícito, así como los efectos económicos negativos para el erario.
Se establece expresamente que se afecta al interés social o se contravienen disposiciones de orden público cuando, de concederse la suspensión, se permita la continuación de actos, operaciones o servicios posiblemente relacionados con el lavado de dinero, o que obstaculicen las funciones de la Unidad de Inteligencia Financiera.
RM