En México un día feriado o día de descanso obligatorio debe tener un pago extra en caso de que sea laborado. Así lo específica la Ley del Trabajo, y aplica tanto para empresas nacionales e internacionales que se instalen en el país.
Sin embargo, en ocasiones esta ley no es respetada por los empleadores quienes podrían confundir esta prestación, por lo que te informamos qué hacer en caso de que se esté violando esta obligación.

¿Cómo deben pagarte un día feriado trabajado?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) informa que en caso de que un patrón pida a su o sus trabajadores laborar un día feriado o descanso obligatorio, entonces tendrá derecho a un pago triple, es decir: su salario normal + un salario doble.
Por ejemplo, en caso de que un empleado gane 300 pesos diarios, su pago triple se calcularía así:
Salario Doble = 300 x 2 = 600 + 300 (salario normal) = 900 pesos
Los días feriados en comparación de los de asueto, están avalados por la Ley Federal del Trabajo, por lo que los trabajadores tienen derecho a descansarlo o reclamar el cobro que corresponde si te solicitan brindar tus servicios en estas fechas. De no cumplir con esta obligación, la empresa o empleador podrá ser acreedor de una multa.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio de 2025?
- Primero de enero (Año Nuevo)
- Primer lunes de febrero (Conmemoración de la Constitución)
- Tercer lunes de marzo (Natalicio de Benito Juárez)
- Primero de mayo (Día del Trabajo)
- Septiembre 16 (Independencia de México)
- Tercer lunes de noviembre (Revolución Mexicana)
- Diciembre 25 (Navidad)
Cabe mencionar que los días de asueto son fechas que no son obligatorias, por ejemplo, el Día de Muertos (2 de noviembre), que aunque algunas empresas lo otorgan, este no está obligado a hacerlo ni a pagarlo triple.
¿Qué hacer si no me pagan en un día feriado?
Si se encuentra en la posición de que haya laborado en un día inhábil y no quieren pagarle como establece la Ley, entonces podrá acudir a la Procuraduría Federal del Trabajador (Profedet).
En el caso de Torreón, la Profedet se encuentra en el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, ubicado dentro del Palacio Federal sobre la avenida Juárez, frente a la Plaza Mayor.
aarp