Comunidad

UNAM, sin poder sancionar conductas vandálicas, pese a intentos de establecer lineamientos

En abril, tras las protestas y paros en facultades, la UNAM anunció la eliminación de la reforma al artículo 15 del Reglamento del Tribunal Universitario que permitiría la suspensión o expulsión de alumnos y académicos que cometieran actos vandálicos

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), a través del Tribunal Universitario, intentó establecer lineamientos para iniciar procesos disciplinarios de oficio por actos vandálicos, que culminarían en suspensiones o expulsiones inmediatas, pero no prosperó.

En abril, tras las protestas y paros en facultades, la UNAM anunció la eliminación de la reforma al artículo 15 del Reglamento del Tribunal Universitario propuesta en marzo de este mismo año, que permitiría la suspensión o expulsión de alumnos y académicos que cometieran actos vandálicos o incurrieran en narcomenudeo en planteles de esta casa de estudios.

​Los cambios en el artículo provocaron que se realizaran asambleas interuniversitarias, con lo que varias escuelas y facultades pararon.

Entonces, el 9 de abril de este año, el Consejo Universitario acordó la eliminación del controvertido artículo.

“El día de hoy, la Comisión de Legislación del H. Consejo Universitario acordó, por unanimidad, la eliminación del artículo 15 del Reglamento del Tribunal Universitario, en atención a las inquietudes expresadas por diversas voces de nuestra comunidad”, informó.

En ese momento, aclaró que la decisión sería sometida a la aprobación del pleno del H. Consejo en su próxima sesión. 

Asimismo, recordó que esta disposición no estaba vigente, puesto que el Reglamento no había sido publicado y el rector había instruido que no se hiciera hasta que el Consejo Universitario sesione.

“La Comisión atiende al principio universitario de escuchar y privilegiar el diálogo para construir normas que garanticen un entorno seguro y el ejercicio permanente de derechos y libertades de toda la comunidad universitaria”, indicó el Consejo en aquel momento.

Días antes, el Consejo Universitario de la UNAM había aprobado diversas modificaciones a las normas de la UNAM, entre las que destacaban los cambios en el artículo 15 del Reglamento del Tribunal Universitario, el cual no se había modificado desde su creación en 1945, y ahora aplicaría las cero tolerancias contra las conductas delictivas.

El artículo 15 se había modificado de la siguiente manera “en los asuntos que constituyan actos vandálicos, las autoridades de las entidades académicas iniciarán de oficio el procedimiento disciplinario, determinando como medida provisional la suspensión o expulsión inmediata de quienes presuntamente hayan participado en los hechos, con el objeto de salvaguardar la seguridad e integridad de la comunidad universitaria. Dichas autoridades remitirán el expediente de inmediato al Tribunal Universitario para que éste desarrolle las etapas de investigación, sustanciación y de resolución”.

Posteriormente, el 25 agosto, el Consejo Universitario (CU), máximo órgano colegiado de la UNAM, eliminó el artículo 15 del Reglamento del Tribunal Universitario que establecía que, ante actos vandálicos, las autoridades de la universidad podían determinar la suspensión o expulsión inmediata de quienes presuntamente los cometieran.

En una sesión ordinaria del CU, la Comisión de Legislación Universitaria recomendó su eliminación luego de revisarlo, a solicitud del presidente, el rector Leonardo Lomelí Vanegas, con el propósito de precisar sus alcances para evitar cualquier posibilidad de malinterpretación respecto a una posible afectación a las libertades de expresión, asociación y manifestación, así como el derecho a la protesta atendiendo a la inquietud manifestada por diversos sectores de la comunidad.

Después de una amplia deliberación, el rector propuso al pleno que, además de eliminar el artículo 15, se suspenda temporalmente la aplicación de los artículos 2 y 17 del mismo Reglamento, en tanto se armonizaba su redacción, lo cual fue aprobado por unanimidad por el Consejo Universitario.

El artículo 15 contemplaba sanciones inmediatas como suspensión o expulsión para quienes incurrieran en actos catalogados como "vandalismo" o "narcomenudeo" dentro de las instalaciones universitarias.

Los estudiantes argumentaron que la redacción era ambigua y acusaron que podía usarse para criminalizar protestas legítimas y limitar la libertad de expresión y el derecho a la manifestación pacífica.

Tras paros y protestas, las autoridades universitarias prometieron revisar el artículo, hasta que finalmente fue suprimido.



HCM

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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