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“Los bienes mancomunados no pueden heredarse” y otros cinco mitos del testamento

Andrea Anguiano, abogada experta en testamentos, declaró a Notivox que el testamento es un documento para prevenir conflictos; no causarlos.

Culturalmente, todo lo relacionado con las herencias se han visto como un “desgaste emocional”, “pérdida de tiempo” o “generadores de conflictos familiares”. Esto, aunado a la diversidad de películas que retratan a estos procesos como “una caja de pandora”, tales como Inheritance, Knives Out, The Descendants, entre varias más.

Dichas representaciones fortalecen todos esos mitos que despiertan temor y rechazo al testamento, así como perspectivas erróneas de este documento que, por difícil que pareciera, busca prevenir problemas e incluso mediar “antes de entrar al pleito como tal”.

Ante ello, Notivox entrevistó a Andrea Anguiano, experta en procesos testamentarios, para desmitificar esas ideas “que no son propiamente reales, pero se cree que lo son”.

“Los jóvenes no necesitan testamento”

El trámite testamentario no es un proceso únicamente para las y los adultos mayores. Tanto así que en algunos estados de México (como Chihuahua, Coahuila, Puebla o Quintana Roo) la edad mínima para testar es de 14 años.

“Algo que sí o sí deberíamos de tener todos es nuestro testamento. (...) La realidad es que no tenemos la vida comprada”.

Aunque no es una generalidad, la abogada señaló que las y los adultos mayores pueden ser más propensos a presiones o chantajes por parte de sus familiares al momento de hacer su testamento.

“Si no tienes nada, no hagas testamento”

En la actualidad, las y los jóvenes se enfrentan a una realidad en la que es cada vez más difícil hacerse de un departamento, un automóvil, un terreno o “algo de valor” que quisieran heredar.

Sin embargo, el testamento también aplica para suceder derechos y obligaciones; los cuales pueden ir desde el seguro de vida que obtuvo en su primer trabajo, pagos pendientes de la tarjeta de crédito, alguna cuenta de inversión o de ahorro en un banco, o ese emprendimiento por el cual se arriesgaron a salir de la “vida godín”.

“A lo mejor al momento no tenemos bienes, pero no sabemos qué va a suceder mañana. Y, a lo mejor, resulta que mañana o pasado siempre sí tenemos”.

Así ocurre, por ejemplo, cuando las familias buscan recuperar el dinero que ese o esa joven tenía en su cuenta de débito. Pero sin un testamento, ni designación previa de beneficiarios, será complicado acceder a ese recurso.

“Cuando se notifica el deceso de la persona, la mayoría de instituciones piden que vaya el albacea con el cargo reconocido para darle información”, señaló la experta.

“El testamento no sirve en bienes mancomunados”

Uno de los grandes debates en torno al matrimonio es si adherirse o no al régimen de sociedades conyugales— también conocidas como “matrimonios por bienes mancomunados”—. Es decir, cuando los bienes adquiridos después de la unión se considerarán propiedad de ambas partes, independientemente de quién los haya comprado.

“Desde el momento en que adquieres esa propiedad o derecho, después de haber contraído matrimonio por sociedad conyugal, se entiende que está sujeto al régimen”, explicó Anguiano.

Por ende, subrayó la especialista, cuando una persona bajo este régimen realiza su testamento, debe considerar que sólo aplicará sobre el porcentaje del cual es dueña.

“El otro porcentaje no le pertenece. Es de su cónyuge”.

Sin embargo, esto no significa que dichas propiedades no puedan heredarse, sólo que el proceso y la asesoría legal debe realizarse en conjunto. O como lo explicó Anguiano: “Hacer de dos documentos uno solo. No se contraponen, sino que están de acuerdo en que sus voluntades coincidan”.

“Vamos a suponer: persona ‘A’ y persona ‘B’. La persona ‘A’ deja como heredera a la persona ‘B’. Y la persona ‘B’ deja como heredera a la persona ‘A’. La que fallezca primero, recibe de la otra el porcentaje. A su vez, señalan los mismos herederos sustitutos, es decir: ‘A’ señala como heredero a ‘B’ y, a falta de ‘B’, señala como herederos sustitutos a sus hijos. Y ‘B’ hace lo mismo”.

Por supuesto, esto no aplica en los matrimonios por separación de bienes.

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“Las deudas se heredan”

Aunque las deudas forman parte de la masa hereditaria, su sucesión no es tan “simple” como para pensar que las y los herederos la reciben sin más. Esto, más bien, es una realidad a medias.

“Muchas veces rechazan la herencia, porque se enteran que trae deudas y les da miedo por la desinformación”, señaló Anguiano.

Cabe recordar que el proceso para validar un testamento comprende de cinco etapas; siendo la tercera y la cuarta donde se define qué ocurrirá con las deudas de la persona fallecida.

En resumidas cuentas, tras dar lectura del testamento, se procede a realizar un inventario y avalúo para enlistar todos los bienes (a los cuales se les da un valor monetario), los derechos y las obligaciones. Posteriormente, se obtiene una “cuenta general” a fin de detectar las obligaciones no cumplidas. Y una vez identificadas, se hace un proyecto para señalar cuánto de la masa hereditaria cubre esos adeudos y “lo que queda se reparte entre los herederos”.

La herencia misma va a responder por las deudas, no los herederos. (...) Primero se pagan las obligaciones y de lo que reste, se entrega a los herederos“, resumió Anguiano, remarcando que “si no quedó nada (de ese proceso), pues no heredaste nada”.
La masa hereditaria es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que pertenecen a una persona fallecida y que se transmiten a sus herederos
La masa hereditaria es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que pertenecen a una persona fallecida y que se transmiten a sus herederos | Freepik

“El testamento no se puede cambiar”

Las y los herederos, así como los bienes, obligaciones y derechos, pueden modificarse tanto como la persona testadora lo requiera. Es decir, no es definitivo.

Por poner un par de ejemplos, el documento debería cambiarse cuando se vendió la casa que había heredado a su hijo; si contrajo matrimonio con bienes mancomunados; si tras un conflicto familiar se distanció de uno de sus herederos, o quizá uno de éstos falleció antes que la o el testador.

“Mi recomendación es que se vaya actualizando a las circunstancias de la vida y necesidades de cada persona”.

“Hacer un testamento es caro y complicado”

“Creo que ese mito es uno de los precursores de por qué surgió el Mes del Testamento”, reflexionó Andrea.

Desde el 2003, el gobierno de México ha impulsado esta campaña para garantizar a la población el derecho de heredar— el cual, puede salir del presupuesto y prioridades de varias familias—, a través de beneficios como: asesorías personalizadas gratuitas, costos reducidos hasta en un 50% y horarios extendidos en las notarías.

“Tomando en cuenta sus beneficios a largo plazo, no considero que sea caro. Entiendo que puede ser un gasto no previsto, pero teniendo en cuenta que hay un mes del testamento, a lo mejor se pudieran prevenir para elaborarlo en ese mes”.

ASG


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Alejandra Sigala
  • Alejandra Sigala
  • Egresada de la UNAM. Te explico las tendencias en redes sociales y los temas que despiertan tu curiosidad en el día a día. Escucho, amo y a veces escribo sobre K-Pop. Me encanta bailar y los gatos.
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