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Los cinco errores más comunes al tramitar tu testamento, según una experta en herencias

En entrevista con MILENIO, la abogada destacó la importancia de la asesoría legal para evitar errores que pudieran complicar el proceso.

Como el efecto de la bola de nieve, un error dentro de nuestro testamento puede “heredar” problemas o complicaciones a nuestros seres queridos. Y estas situaciones, a su vez, abundan a la idea popular, pero equivocada, de que “las herencias traen conflictos, peleas y desgaste”.

Pero el proceso para asegurar la última voluntad de una persona sí puede ser amigable y exento de una gran cantidad de inconvenientes. De hecho, no es necesario llegar hasta el notario para darnos cuenta que el documento tiene imprecisiones o errores, sino que podemos identificarlos desde antes.

Como remarcó Andrea Anguiano, abogada experta en testamentos: “Los errores se cometen sin intención. Es cuando pensamos: ‘No sabía que no era así, pero lo cometí por falta de información’”.

No asesorarse jurídicamente

El testamento debe adecuarse a las necesidades legales de cada persona. De ahí la relevancia que adquiere la asesoría legal en todo el proceso.

“Para mí es uno de los pasos más importantes, porque es la única manera de saber qué es lo que necesitamos agregar en un testamento”, dijo la especialista en entrevista con MILENIO.

Este paso también es crucial para determinar si se puede llevar a cabo con la ayuda de una o un abogado, o requerirá el trabajo en conjunto de varios especialistas. Tal y como ocurre, por ejemplo, con las personas artistas (de la música, teatro, pintura, etcétera), en cuyos casos podría intervenir lo civil y de propiedad intelectual.

“No hay abogados todólogos”.

Idealmente, se sugiere que este acompañamiento empiece desde la planeación y se recurra a él antes de realizar cualquier cambio al contenido. Incluso, señaló Anguiano, hay notarías donde permiten el ingreso de la o el asesor jurídico a la sesión donde se expedirá el documento.

No actualizar el testamento

Una de las grandes características de este documento es que puede modificarse tanto como la o el testador lo requiera.

No hay un número máximo ni mínimo de cambios. Más bien, sugiere la abogada, las actualizaciones deberían hacerse de acuerdo a las circunstancias de la vida. Por ejemplo, si atravesamos por un divorcio, emprendimos un negocio, cancelamos algún fondo de inversión, liquidamos una hipoteca o fallece alguno de los herederos.

“No actualizarlo es uno de los errores más comunes”.
Recibir asesoría de un abogado ayuda a identificar las necesidades jurídicas
Recibir asesoría de un abogado ayuda a identificar las necesidades jurídicas de cada persona | Freepik

Dejar cartas como testamentos

Pese a que en México cada septiembre se celebra el “Mes del Testamento”, las notarías aún reciben casos donde las familias quieren hacer efectiva la última voluntad que una persona dejó escrita en una carta.

Sin embargo, ni este ni ningún otro tipo de documento privado (mensaje de texto, anotaciones en el celular o cartas impresas que se guardaron en el ropero, por mencionar algunos ejemplos) tendrá la misma validez que un testamento expedido ante notario.

“El notario funge como un fedatario público, quien da certeza de que el documento fue elaborado sin presión alguna. De no ser así, corremos el riesgo de que, a lo mejor, esa carta no haya sido elaborada realmente por voluntad del testador”, explicó la abogada.

Actualmente, en México se reconocen nueve tipos de testamentos, los cuales se distribuyen en dos grandes categorías: los especiales (marítimo, privado, militar, agrario y hecho en el extranjero) y el ordinario (público abierto, público cerrado, ológrafo y simplificado).

Confiar en acuerdos verbales

Al igual que las cartas, las “promesas al aire” que el o la testadora hizo en vida no tienen ningún sustento legal. Pese a ello, suele ser uno de los recursos que más relucen durante los procesos de impugnación.

“Entra la parte sentimental de: ‘Yo no creo que mi papá o mamá haya sido capaz de dejarme fuera de su testamento’ o el de ‘Yo no puedo creer que por escrito haya nombrado a otra persona”.
EL DATO...

Los testamentos del “sellito rojo”

El testamento ológrafo era aquel que el testador escribía a puño y letra para después guardarlo en un sobre cerrado y lacrado; el cual se depositaba en el Archivo General de Notarías..

Pese a ser un tipo de testamento aún reconocido por el Gobierno de México, son pocas las personas que recurren a este formato en la actualidad. Incluso, algunos estados como Baja California ya no es admitido y se exige el testamento ante notario para mayor certeza.

No especificar la herencia

Usualmente las personas emiten su testamento a título universal. O sea, cuando sólo especifican a sus herederos e indican que éstos recibirán “los bienes presentes y futuros”, pero no detallan a quién le corresponderá qué.

Los "bienes futuros" podría exceptuarse de esta regla, pues se refiere a que el heredero recibe no sólo los bienes que el testador tiene al momento de hacer el testamento, sino también los que adquiera después y que existan al momento de su muerte. Por ejemplo: propiedades que compre después de elaborar el testamento la persona.

“Debemos ser específicos al momento de detallar qué es lo que estamos heredando”.
Los "bienes futuros" son todos aquellos que el o la testadora aún no adquiere al momento de realizar su testamento
Los "bienes futuros" son todos aquellos que el o la testadora aún no adquiere al momento de realizar su testamento | Cuartoscuro

Para el registro de las y los beneficiarios se proporciona al notario su nombre completo, fecha de nacimiento y la relación con el testador. Aunque este último no es un dato fundamental, pero— en caso de querer agregarlo— tampoco es obligatorio que sea un vínculo consanguíneo.

Los herederos no necesariamente tienen que ser familiares. Pueden ser cualquier persona”, explicó la abogada. “Sucede mucho con personas que no tuvieron esposo, esposa, hijos o algún vínculo. A veces, hay personas que nombran de herederos a sus cuidadores”.

En el caso de las pólizas de seguros, la abogada subrayó que las y los beneficiarios “tienen que ir de la mano” con el testamento, es decir, ambos documentos deben contener a las mismas personas y sus respectivos porcentajes. De no ser así, el testamento será el “de la última palabra”.

“Si la póliza no está actualizada en cuanto a beneficiarios, quien va a regir la voluntad va a ser el testamento”.

ASG

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Alejandra Sigala
  • Alejandra Sigala
  • Egresada de la UNAM. Te explico las tendencias en redes sociales y los temas que despiertan tu curiosidad en el día a día. Escucho, amo y a veces escribo sobre K-Pop. Me encanta bailar y los gatos.
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