El Tribunal Electoral no logró consolidar una mayoría y decidió dejar en suspenso la votación respecto a si respetarán la literalidad de la Constitución, que les quita la facultad de resolver impugnaciones de la elección judicial sobre las magistraturas electorales y se la da a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Esta es la segunda ocasión en que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no logra determinar ni siquiera con el pleno dividido por una mayoría de tres a dos, cómo resolver otra irregularidad de la reforma judicial que es darle facultades electorales a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Rodríguez Mondragón exhibe propuesta con juicios de inconformidad
La única que no se posicionó fue la magistrada presidenta, Mónica Soto, quien pidió al magistrado ponente, Reyes Rodríguez Mondragón, que retirara el proyecto tal como lo hizo el 18 de junio el magistrado Felipe Fuentes en asuntos similares, ambos proyectos con posturas contrarias y sin que hasta ahora hayan logrado aprobar alguno, por lo que siguen dejando en suspenso este asunto que Rodríguez Mondragón exhibió, se ha debatido también en sesiones privadas.
Este magistrado presentó una propuesta que proponía enviar a la Suprema Corte más de 100 juicios de inconformidad sobre la elección de magistraturas electorales y que la reforma judicial indicó, que la renovación de éstas, tanto de Sala Superior como de las cinco Salas Regionales no serían resueltas por el TEPJF para evitar conflictos de interés.
Por lo que Rodríguez Mondragón sostuvo que la reforma y la ley es muy clara en que en esta elección las reglas cambian primero, para que la validez de la elección la declare el INE y no la Sala Superior, y para que las impugnaciones de magistraturas especializadas en la materia electoral las resuelva de forma inédita la Corte y no el Tribunal Electoral.
La magistrada Janine Otálora coincidió en que “la Constitución es imperativa, directa y resulta obligatoria y es la norma de mayor jerarquía en nuestro sistema; incluso, ya hemos dicho aquí que esta reforma constitucional establece que no hay interpretación posible a la norma. Por ello, no tengo duda de que, conforme a este texto, para el caso de las magistraturas electorales es la Suprema Corte de Justicia la instancia que debe resolverlas”.
“La Constitución no consideró adecuado que el propio Tribunal Electoral conociera de asuntos relacionados con la elección de magistraturas electorales. La exclusión es una de las garantías para el dictado de resoluciones imparciales, en tanto la Constitución estimó necesario que la jurisdicción electoral no se encargara de, justamente, resolver los conflictos que podrían impactar”.
Impugnaciones, en suspenso
Felipe Fuentes señaló que para votar en ese momento, no estaría de acuerdo con la propuesta porque uno de los riesgos es que se caerá en decisiones contradictorias, lo que afectaría directamente a las candidaturas que piden una tutela judicial efectiva.
En lo que coincidió Felipe de la Mata Pizaña quien señaló éste como otro de los errores de la reforma judicial en lo que se dijo en desacuerdo pues puso sobre la mesa que la Suprema Corte no se apegará a la jurisprudencia de lo que ya ha resuelto la Sala Superior.
“La reforma judicial electoral, como fue escrita, tiene muchas críticas posibles. Una de las más importantes, a mi juicio, es que la Suprema Corte comparta competencia con el Tribunal Electoral en esta elección. Un órgano puede llevar a la nulidad de la elección y otro a la no nulidad de la elección; y un órgano puede considerar que una casilla es válida y otro órgano puede considerar que la casilla es no válida; y un órgano puede entonces llegar a consecuencias completamente diferentes.
“Es absurdo por muchas razones, otra de las razones es, ¿cuál es por ejemplo la jurisprudencia que resulta aplicable?, ¿la jurisprudencia del Tribunal le resulta aplicable a la Suprema Corte de Justicia? Yo pensaría que es la jurisprudencia que se aplica siempre en temas electorales, ¿pero la Corte va a reconocer la obligatoriedad de nuestra jurisprudencia hacia ellos?, ¿no sería más razonable que todos los temas electorales estuvieran en un solo órgano? Podría ser que sí.
“Esta reforma no carece de errores, o adolece de varios errores técnicos. Es evidente que los redactores no dominaban el derecho electoral, probablemente el constitucional, pero el electoral, no. Y por eso, es que existen tantos errores en torno al procedimiento y competencia electoral”.
Al no llegar a un acuerdo, la magistrada presidenta pidió que se retirara el asunto, a lo que accedió Rodríguez Mondragón tal como lo hizo Fuentes Barrera sin que hasta ahora, tres semanas después, hayan logrado resolver qué pasará con esas decenas de impugnaciones que tienen en su poder y que de respetar lo que dice la Constitución, deberían remitir a la SCJN sin más retrasos.
IOGE