Política

Hoy, TEPJF marcará el destino de los acordeones y la validez de la nueva SCJN

Se repetirá votación del INE: con un voto de diferencia, bloque mayoritario validaría influencia de los acordeones; consejero Faz: TEPJF no debería legalizar que se viole el voto libre.

Con dos bloques que tienen un voto de diferencia, el Tribunal Electoral se volverá a dividir para decidir, en definitiva, entre impedir que los acordeones se instalen como una nueva estrategia electoral en las elecciones judiciales o establecer que ante lo complejo del proceso sí es válido guiar el voto para favorecer candidaturas en grupo.

Notivox reveló que la magistrada Janine Otálora presentó un proyecto en el mismo sentido que Reyes Rodríguez Mondragón para anular la elección de la Suprema Corte y convocar a una nueva, tras confirmar que los acordeones fueron una estrategia ilícita y orquestada, que dañaron la libertad del sufragio y presionaron al electorado para favorecer a las nueve candidaturas que ganaron para ser ministras.

Sin embargo, su derrota parece inminente y se repetiría el resultado de la votación del INE, en donde un solo voto determinó validar la elección de la SCJN. Y es que el bloque mayoritario prevé imponer una visión contraria, que va de la mano con el juicio que ya resolvieron hace una semana en el que validaron la elección de la Corte y concluyeron que no existen pruebas suficientes para acreditar que los acordeones fueron contundentes en los resultados y que buscaron beneficiar e imponer a las personas que ganaron.

Decisión del TEPJF, destino para elecciones judiciales de 2027

La decisión que tome este miércoles la mayoría de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación será el precedente que rija las elecciones judiciales de 2027, pues definirá si será válida la intervención de terceros prohibidos por la ley para financiar campañas ajenas a las pagadas por las propias candidaturas, para hacer propaganda en bloque y guiar a la ciudadanía a que voten exactamente por las personas que los acordeones dicen.

Las votaciones que se han dado en esta elección, evidencian que los criterios se han impuesto por una mayoría con un voto de diferencia: el bloque de la magistrada presidenta, Mónica Soto, y los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes; frente a Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón.

El destino de los acordeones, no parece que será distinto. Pues el único caso en el que el bloque se ha roto, es en paridad, donde Mónica Soto se ha sumado a Rodríguez Mondragón y Otálora Malassis para devolver los triunfos a las mujeres que ganaron y revocar las constancias de mayoría de los hombres que ganaron pero que por otra ambigüedad de la reforma judicial, la alternancia que impone afecta a las mujeres.

Este miércoles, Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora pondrán sobre la mesa dos proyectos que proponen declarar la nulidad y revocar la validez de esa elección, dejar sin efectos los cómputos de la votación, revocar la entrega de constancias de mayoría de ministras y ministros electos, ordenar una elección extraordinaria y dar vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales para que investigue quién estuvo detrás de la maquinaria que operó en todo el país para la producción y distribución de estos acordeones.

Otálora retoma los planteamientos de las cinco consejerías del INE que rechazaban declarar la validez de la elección de la Suprema Corte, principalmente las estadísticas del consejero Martín Faz quien señaló la improbabilidad de que teniendo 64 candidaturas en la boleta y ante lo complejo del proceso, el electorado decidiera de manera genuina la misma combinación de nueve personas que casualmente estaban en los acordeones y ganaron.

Faz detalló que con 64 opciones, había siete mil millones de combinaciones posibles, por lo que Otálora coincide en que lo lógico sería que ninguna candidatura tuviera “un respaldo fuerte” por el alto nivel de competencia con un número inédito de participantes, sin embargo, exhibe que “las nueve candidaturas que obtuvieron el triunfo, concentraron el 46 por ciento de la votación efectiva, mientras que el resto de las 55 candidaturas, entre todas, obtuvieron el 54 por ciento de la votación”, lo que resulta atípico.

TEPJF
El uso de acordeones en la elección judicial ha sido fuertemente discutido| Cuartoscuro

Agrega que “si se compara el porcentaje de votación que se alcanzó, se puede advertir la gran disparidad que hubo entre los diversos candidatos con la combinación dominante y el resto” y presenta una gráfica en la que se ve sólo quienes aparecieron en los acordeones y ganaron superaron el tres por ciento de la votación e incluso casi llegaron al siete por ciento; apenas cinco candidaturas superaron el dos por ciento, poco más de 10 el uno por ciento y el resto que son la mitad, se quedaron entre el 0.3 y el 0.9 por ciento.

“De lo anterior, se considera que el resultado de la votación no es acorde al modelo de propaganda electoral que se previó en esta elección, ya que los medios eran limitados, al no permitirse el uso de radio y televisión, ni la realización de eventos masivos ni tampoco se proporcionó financiamiento público, sino que se buscó que todas las candidaturas estuvieran en igualdad de condiciones. 
“Al estar acreditado que en 29 entidades federativas aparecieran estos acordeones días antes e incluso el mismo día de la votación, es que se tiene demostrado que hubo una estrategia llevada a cabo por entes públicos y privados con la finalidad de influir en la contienda electoral en favor de un limitado número de candidaturas”.

Por lo que Otálora concluye que se violaron “las libertades elementales para que un voto no se vea influido por intimidación ni soborno, es decir, que no haya castigo ni recompensa por su voto individual”.

Mientras que, Reyes Rodríguez Mondragón se centra en las pruebas y la estrategia ilícita orquestada, pues detalla que tan sólo en sus proyectos, hay tres mil 188 acordeones impresos aportados por quienes impugnaron y 374 imágenes, videos, audios y enlaces de internet de acordeones digitales.

Detalló que las pruebas exhiben que las entidades en las que se presentó mayor cantidad de distribución de acordeones fueron Ciudad de México, Nuevo León, Estado de México, Puebla, Chihuahua, Jalisco, Guanajuato, Michoacán y Morelos, por lo que está “acreditada la existencia de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada de distribución de acordeones que constituyó propaganda electoral prohibida, tuvo el propósito de influir e el voto de la ciudadanía y fue determinante para los resultados electorales”.

Y “esta irregularidad vulneró gravemente diversos principios y preceptos constitucionales como la libertad al sufragio, la certeza, la legalidad, la equidad en la contienda, la neutralidad y la prohibición de injerencia de agentes externos a las candidaturas”.

acordeones
CdMx, Nuevo León, Edomex y Puebla, entre las entidades con mayor distribución de acordeones. | Cuartoscuro

En contraste, Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata concluyeron que con la sólo existencia de las guías de votación, no se acredita “una indebida intervención de servidores públicos”, que “no se demostró una falta de autenticidad en el sufragio”, que quienes impugnaron “no lograron demostrar una influencia contundente”, que “no había evidencia probatoria de que se utilizaron recursos públicos para influir en la elección”, que “no se demostró que los acordeones se hubieran traducido en propaganda indebida para una candidatura en específico”, que no se probó que “la distribución de acordeones implicara una vulneración de principios de imparcialidad”.

Y que, por lo tanto, las impugnaciones se basaron en “manifestaciones genéricas que no prueban cómo (los acordeones) afectaron las elecciones” o que puedan acreditar “violaciones sustanciales o irregularidades graves”.

La Sala Superior, además, determinará si ordena al INE seguir investigando el origen de los acordeones, aunque el bloque mayoritario también ha establecido que los juicios de inconformidad no son la vía para rastrear el financiamiento, pues esto se deberá analizar cuando se aborden los casos de fiscalización.

Con este panorama, se prevé que este miércoles la Sala Superior rechace los proyectos que proponen la sanción máxima por la intervención de terceros a través de acordeones que es anular la elección, y mantenga la línea de minimizar esta estrategia, lo que sentará el precedente definitivo para el 2027.

TEPJF no puede legalizar que acordeones violenten el voto libre: consejero Faz 

El consejero Martín Faz celebró que la magistrada Janine Otálora retome las estadísticas que él presentó en el Consejo General del INE para exhibir la improbabilidad de que los resultados de la elección de la Suprema Corte fueran genuinos, sino que, por el contrario, demuestran que estas guías ilegales fueron clave para que grupos externos impusieran a ciertas candidaturas en el Poder Judicial.

“Sería un precedente que estaría no sólo justificando sino hasta legalizando una práctica que notoriamente violenta el voto libre y consciente de la ciudadanía. El problema es que hubo grupos externos que los produjeron y distribuyeron de manera masiva para beneficiar intencionadamente a un grupo”,

Por lo que dejó claro que si el Tribunal Electoral no pone un freno previo al 2027, no sólo justificará sino legalizará estas estrategias ilegales que dañan la democracia.

“Sería un precedente que estaría no sólo justificando sino hasta legalizando una práctica que notoriamente violenta el voto libre y consciente de la ciudadanía. El problema es que hubo grupos externos que los produjeron y distribuyeron de manera masiva para beneficiar intencionadamente a un grupo.
“El Tribunal Electoral tiene la oportunidad de frenar esta práctica notoriamente ilegal, si la votación por sancionarlo se quedara en minoría, los votos particulares serán antecedentes importantes de lo que ocurrió y que deberá de servir para la inminente reforma electoral”.


IOGE 

Google news logo
Síguenos en
Jannet López Ponce
  • Jannet López Ponce
  • Reportera de Grupo Notivox desde 2013. Especializada en periodismo político, electoral e inteligencia financiera. Premio Pantalla de Cristal al mejor reportaje con “Revolución feminista en la montaña” y nominación con “Ucrania, la huida”
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.