Política

Declaratoria de inconstitucionalidad a uso lúdico de mariguana, en la lista de la Corte

Esto, luego de que se le venciera el plazo al Congreso de la Unión para legislar sobre el tema; este jueves se agendó en la lista de asuntos de la Corte la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alista una declaratoria general de inconstitucionalidad al uso lúdico y recreativo de la mariguana, luego de que se le terminara el plazo al Congreso de la Unión para legislar sobre el tema.

La ministra Norma Piña Hernández solicitará al Pleno del máximo tribunal del país dicha declaratoria la cual le permitirá a cualquier ciudadano el consumo de la cannabis de forma legal.

Por lo que si ocho ministros votan a favor de la propuesta se privilegiará el derecho a decidir de las personas sobre la política que prohíbe su consumo, de acuerdo a la ley general de salud.

El 31 de octubre de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte emitió la jurisprudencia para el uso recreativo de la mariguana, tras haber resuelto en los tres años previos, cinco amparos que referían violaciones al libre desarrollo de la personalidad.

Estas cinco demandas fueron promovidas por integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART), así como del político Armando Ríos Piter, la chef Josefina Santacruz, el activista Aram Barra y el abogado Ulrich Richter.

A partir de ese momento se le ordenó al Congreso de la Unión legislar sobre la materia, pero este poder solicitó en los últimos dos años hasta tres prórrogas para cumplir con el mandato del máximo tribunal del país, sin que hasta el momento hayan cumplido lo mandatado.

Por lo que la noche de este jueves se agendó en la lista de asuntos del Pleno de la Suprema Corte, la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, cuyo proyecto fue elaborado por la ministra Piña Hernández.

FS

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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