Durante la conferencia Mañanera del Pueblo en el Palacio Nacional, la secretaria del Bienestar, Ariadna Montiel Reyes, reveló el calendario de pagos para el segundo bimestre de 2025 correspondientes al Programa Mujeres Trabajadoras, cuyos beneficiarios reciben un monto dependiendo de la modalidad que se tenga.

Calendario de pagos marzo-abril 2025
El calendario de pagos oficial para el Programa Madres Trabajadoras en el segundo bimestre de 2025, es decir, para marzo-abril, según la primera letra de tu apellido, es el siguiente:
- A: lunes 3 de marzo
- B: martes4 de marzo
- C: miércoles 5 de marzo y jueves 6 de marzo
- D, E, F: viernes 7de marzo
- G: lunes 10 de marzo y martes 11 de marzo
- H, I, J, K: miércoles 12 de marzo
- L: jueves 13 de marzo
- M: viernes 14 de marzo y martes 18 de marzo
- N, Ñ, O: miércoles 19 de marzo
- P, Q: jueves 20 de marzo
- R: viernes 21 de marzo y lunes 24 de marzo
- S: martes 25 de marzo
- T, U, V: miércoles 26 de marzo
- W, X, Y, Z: jueves 27 de marzo

¿En qué consiste el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras?
El Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras es una iniciativa del Gobierno de México que tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en situación de vulnerabilidad debido a la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres.
A través de un apoyo económico bimestral, el programa busca garantizar que estos menores accedan a cuidados y educación, contribuyendo así a su desarrollo integral.
Según datos del INEGI, el 11 por ciento de los hogares en México son dirigidos por una sola figura de autoridad, mayoritariamente mujeres, quienes a menudo enfrentan diversas situaciones de vulnerabilidad.
Estas familias monoparentales, ya sea por abandono o orfandad, se encuentran con limitaciones para proporcionar los cuidados necesarios para un desarrollo pleno, afectando el acceso a derechos fundamentales como la educación, la salud y la seguridad.
Para atender esta realidad, el Gobierno de México ha lanzado este programa, que ofrece dos modalidades específicas de apoyo económico, dependiendo de la situación de los menores beneficiarios.
Cuáles son las modalidades del Programa
1. Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras
Esta modalidad está dirigida a niñas y niños desde su nacimiento hasta los 4 años de edad, o hasta los 6 años en caso de tener alguna discapacidad. El apoyo está destinado a aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad debido a la ausencia temporal o permanente de uno o ambos padres, lo que puede ser resultado del abandono o de la búsqueda de mejores condiciones socioeconómicas por parte de los progenitores.
Montos de apoyo:
- Niños de 0 a 4 años: mil 600 pesos bimestrales.
- Niños con discapacidad de 0 a 6 años: 3 mil 600 pesos bimestrales.
Además, el programa establece un límite de tres niños por hogar, salvo en el caso de nacimientos múltiples.
2. Apoyo para el Bienestar de Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes en Orfandad Materna
Esta modalidad está dirigida a los menores de edad que han perdido a su madre, ya sea por fallecimiento o por casos en los que la madre formaba parte del Programa Seguro de Vida para Jefas de Familia (vigente hasta 2020). El apoyo se extiende a los jóvenes hasta los 23 años de edad que se encuentren en esta situación de vulnerabilidad.
Montos de apoyo:
- Recién nacidos a 15 años: 830 pesos bimestrales.
- De 16 a 18 años: mil 130 pesos bimestrales.
- De 19 a 23 años: mil 240 pesos bimestrales.
Cuáles son los requisitos para recibir el Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños Hijos de Madres Trabajadoras
Para ser beneficiario de este programa, es necesario cumplir con una serie de requisitos, entre los cuales se encuentran:
- Ser madre, padre solo o tutor de un menor en las condiciones establecidas por el programa.
- Presentar identificación oficial vigente (en caso de ser menor de edad, se puede presentar pasaporte o acta de nacimiento).
- Entregar el acta de nacimiento de cada niño, así como la Clave Única de Registro de Población (CURP) de los menores y de los solicitantes.
- Aportar un comprobante de domicilio reciente.
- En el caso de los menores con discapacidad, será necesario presentar un certificado médico que acredite la condición de discapacidad.
- En algunos casos, también se requerirán cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE, que pueden tramitarse en línea desde los portales de estas instituciones.