La Ciudad de México ha presentado un crecimiento exponencial en la circulación de motocicletas, al ser un medio de transporte que permite la movilidad con mayor facilidad y eficiencia en consumo de combustible, comparado con los automóviles.
Estas son las nuevas multas para motociclistas en la CdMx
En caso de que algún motociclista no siga las normas establecidas en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, pueden enfrentar las siguientes sanciones y multas:
- Envío del vehículo al depósito vehicular.
- Se quitarán de tres a seis puntos de la licencia de conducir. Este documento tiene un total de 10 puntos y para recuperarlos deberá acudir a cursos cívicos y pagar las multas correspondientes.
- Multa equivalente a 20 o hasta 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
Actualmente, el Diario de la Federación, define que el valor de la UMA es de 108.57 pesos. Esto quiere decir que el pago de la multa va desde 2 mil 171 pesos hasta 5 mil 428 pesos.
Si deseas consultar en línea si tienes multas de tránsito, puedes ingresar al portal de la Secretaría de Administración y Finanzas. Es importante seguir los lineamientos y conducir de manera correcta para evitar infracciones en el futuro.
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¿Cuáles son las principales normas a seguir para los motociclistas de la CdMx?
El artículo 37 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, establece que los motociclistas tendrán que acatar los siguientes lineamientos:
- Circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas.
- En la noche, portar aditamentos luminosos o bandas reflejantes para que sean más fáciles de detectar.
- El conductor y el acompañante están obligados a portar un casco protector especial y deberá ser colocado correctamente.
- La conducción de moto solo será para mayores de 18 años.
- Los conductores de motos deberán portar una licencia tipo A1, A2 o permanente.
Por otro lado, los motociclistas tienen prohibido circular en:
- La acera o zonas reservadas al uso exclusivo de peatones.
- Áreas reservadas para el transporte público o ciclistas.
- Entre carriles, excepto cuando el tránsito vehicular esté detenido. Aquí, el conductor deberá buscar el área de espera para motocicletas o colocarse en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales.
- Por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen motos menores a 250 centímetros cúbicos.
- Vías con acceso totalmente prohibido.