Policía

¡Ten cuidado! Ésta es la pena por hacer acusaciones falsas en México

El Código Penal Federal establece cómo se castiga este delito en México y en qué casos se puede agravar.

Por definición, la justicia es el principio moral que lleva a determinar que todos deben vivir honestamente; por lo que para que esto se cumpla es de suma importancia que tanto la autoridad como la población actúen éticamente y con la verdad. Sin embargo, no siempre es así.

Recientemente, Jeffrey Lichtman, abogado de Ovidio Guzmán López, El Ratón, acusó a la Claudia Sheinbaum Pardo de actuar como el brazo de relaciones públicas del grupo delictivo que encabeza Ismael El Mayo Zambada; a lo que la presidenta de México dijo que lo iba a demandar por difamación. 

Ante este escenario y otros que cada vez son más comunes, MILENIO te recuerda que las denuncias falsas son un delito tipificado en el Código Penal Federal. Aquí te decimos cómo se castiga y en qué casos puede empeorar.

¿Qué es una denuncia falsa?

Distintos portales de abogacía concuerdan con que las denuncias falsas son acusaciones realizadas ante la autoridad —ya sean policías, jueces o, como ocurre en la actualidad, en redes sociales—, señalando a una persona de un delito a pesar de saber que es una mentira.

La licenciada en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Livia F. Quezada, destacó que las personas que incurren en este delito —normalmente—, proporcionan información falsa o manipulan los hechos de forma dolosa, es decir, el engaño se comete con plena conciencia de que se está actuando en contra de la ley.

—¿Qué pasa con las acusaciones falsas en redes sociales, pueden ser penadas?—

“Anteriormente, en la Ciudad de México la difamación era un delito, pero, en la actualidad, ya no; sin embargo, si una acusación falsa daña la reputación de alguien, la víctima puede denunciar daño moral en materia civil (...) También puede ser acreedor a multas cuando se trate de una calumnia o se descubra falsedad en la declaración ante la autoridad competente”, explicó la licenciada.

La experta en Derecho recomendó revisar el Código Penal Federal para conocer a detalle cómo se castiga este delito en México y en qué casos aplica.

¿Cuál es la pena por hacer falsas acusaciones?

MILENIO pudo constatar que en el Código Penal Federal —del artículo 247 al 248 Bis— se explican las sanciones por el delito de falsedad en declaraciones judiciales y en informes dados a una autoridad.

En dicho Código se menciona que se impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión, además de una multa de 100 a 300 días, a quién comenta las siguientes acciones:

  • Al que interrogado por alguna autoridad pública distinta de la judicial, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, falte a la verdad.
  • Al que soborne, obligue o comprometa a un testigo, perito o intérprete para que se produzca con falsedad en juicio por medio de intimidaciones.
  • Al que, con arreglo a derecho, con cualquier carácter excepto el de testigo, sea examinado y falte a la verdad en perjuicio de otro; negando ser suya la firma con que suscrito el documento, afirmando un hecho falso, así como alternando o negando uno verdadero o sus circunstancias sustanciales.
  • Al que en juicio de amparo rinda informes como autoridad responsable, en los que afirme una falsedad o negar la verdad en todo o en parte.

Este delito puede aumentar de cinco a 12 años de prisión y de 300 a 500 días multa a quien:

Artículo 247 Bis: “examinado por la autoridad judicial como testigo o perito, falte a la verdad sobre el hecho que se trata de averiguar o aspectos, cantidades, calidades u otras circunstancias que sean relevantes para establecer el sentido de una opinión o dictamen, ya sea afirmando, negando u ocultando maliciosamente la existencia de algún dato que pueda servir de prueba de la verdad o falsedad del hecho principal; o que aumente o disminuya su gravedad, sirva para establecer la naturaleza o particularidades de orden técnico y científico que importen para que la autoridad pronuncie resolución sobre materia cuestionada en el asunto donde el testimonio o la opinión pericial se viertan”.

Cabe mencionar que si una persona es sentenciada a más de 20 años de prisión por el delito que se le acusó a través de una mentira, pero se descubre que el testimonio o peritaje fue falso, esa persona podrá ser sancionada de ocho a 15 años de prisión y con 500 a 800 días multa.

Aunque si la persona confiesa haber mentido antes de que se determine una sentencia: “sólo pagará de 30 a 180 días multa” pero si vuelve a mentir en sus declaraciones, se le aplicará la sanción que corresponda con arreglo a lo prevenido en el Código Penal Federal, considerándolo como reincidente.

De igual forma, la licenciada de la UNAM explicó que “si una persona recrea pruebas materiales para inculpar a alguien, podría pasar de dos a seis años en prisión, según lo estableció en el Artículo 248 Bis de Código (en el que también se establece que este delito se castiga de 100 a 300 días de multa)”.

Delitos relacionados con la difamación 

Las calumnias e injurias son algunos de los delitos ligados con la difamación, los cuales fueron suprimidos del Código Penal Federal el 13 de abril de 2007. Según el bufete jurídico Figueroa y Asociados:

  • Calumnia: Consiste en atribuir falsamente a alguien la comisión de un delito.
  • Injuria: Implica expresiones ofensivas que lesionan la dignidad o el decoro de una persona.

En la actualidad, las difamaciones puedes ser investigadas como  daño moral.

En el Código Civil de la Ciudad de México se define el daño moral como afectación contra una persona que sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.

Y esta acción se comete cuando existe un daño moral que vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.

En el mismo Código se detalla que la persona que cometa un daño moral tiene que reparar el daño mediante una indemnización.

Aunque al respecto, la a licenciada Livia F. Quezada explicó que el daño moral no es un delito, es una acción civil que se castiga con indemnizaciones millonarias.

En la actualidad los casos más frecuentes son las difamaciones en redes sociales, las cuales se persiguen por acciones civiles con daño moral. 

RM

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Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Rafael Mejía Fernández de Lara
  • Hoy editor de noticias, algún día presentador de TV. La vida me puso en la sección de policía, pero yo decidí entre ser el periodista bueno o malo. Fan de los deportes
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