La Cámara de Diputados Federal aprobó hace unos días una reforma a las leyes reglamentarias del Poder Judicial y en uno de sus transitorios, estableció la ampliación de dos años en el periodo en el que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede ocupar dicho cargo.
Lo grave es que el contenido de este artículo se contrapone de manera flagrante con lo dispuesto en el artículo 97 de la Constitución, que señala de forma expresa que el Presidente de la SCJN durará en su encargo 4 años, sin posibilidad de reelección inmediata.
Por ende, estamos frente a un claro caso de inconstitucionalidad de la norma aprobada, no hay asegunes o áreas grises, es claramente inconstitucional por donde se le vea y el principal órgano encargado de velar porque el contenido de la Constitución no sea trasgredido es la SCJN, que preside el propio Arturo Zaldívar.
Es cierto que el ministro Arturo Zaldívar ya fijó una posición, en donde en resumen dice que esperará a que se promuevan acciones en contra de la medida, para su posterior análisis y resolución.
Podría calificarse esta postura como responsable y prudente, de no ser porque el propio Zaldívar es el principal beneficiario y lo correcto hubiera sido fijar una posición clara, en donde el como Presidente establezca que no es legal su permanencia en el cargo por dos años adicionales al periodo por el que fue electo.
Aquí no se trata de fingir falsa imparcialidad, porque la propia reforma es parcial y contraria a la Constitución y la mejor forma de proteger a la Carta Magna, es salir de inmediato a despejar cualquier duda sobre una posible pero inconstitucional ampliación del periodo, porque su posición actual, si bien es precavida, también deja abierta la puerta a especulaciones.
En cambio, una posición clara no sólo despejaría dudas, sino daría un mensaje positivo de como el Poder Judicial mantiene su independencia y es garante del respeto a la Constitución.
@victorsanval