El Censo Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales que elabora anualmente el INEGI desde 2016 a la fecha confirma la huella de la opacidad, en lo general, de los sujetos obligados en México. No se trata sólo de casos aislados de uno que otro sujeto obligado, son tendencias, indicadores apremiantes de observación y análisis a detalle para atender la maquinaria que se sobrecalienta y podría reventar.
El ejercicio del derecho de acceso a la información se da básicamente por dos vías: disposición pública de información fundamental y atención de solicitudes de información. También está el acceso in situ a la información de los sujetos obligados.
En el primero, el Censo 2019 (con información de 2018), evidencia que en conjunto ningún sujeto obligado cumple al cien con publicar la información. El que más lo hace es el Poder Judicial con el 89.2 por ciento. Claro, es en conjunto, pues en detalle. El cumplimiento del Poder Judicial de la Federación eleva el promedio a la opacidad de los poderes locales.
Luego está la atención a solicitudes de información, esa que genera tantos “dolores” a los sujetos obligados y frustración a peticionarios. En el promedio nacional, sólo en el 64.9 por ciento se entregó completa la información solicitada. En Jalisco fue menor: 55.09, y parcial 20.77; como inexistente, a lo nacional fue 3.1, pero en Jalisco fue de 11.46 por ciento.
A la par, en esta vía de acceso, están recursos de solicitantes ante órganos garantes que se quejan por el tipo y tiempo de respuesta de los sujetos obligados a quienes pidieron información. Si en lo nacional 13.3 por ciento de las resoluciones de los órganos garante confirman la respuesta de los sujetos obligados, o sea, les dan la razón, lo que supone es a favor del solicitante, en Jalisco es 8.8.
Sin embargo, hay un terreno pantanoso: el 19.9 por ciento de las resoluciones de los órganos garantes son sobreseimientos, y ¡en Jalisco es de 63.6!, pero en aumento, pues en 2016 fue de 26.2 por ciento.
Los organismos garantes deben pasar de presumir el número de solicitudes y recursos para entrar a la calidad y oportunidad de entrega de lo solicitado; en tanto, academia y organizaciones, con los organismos garantes, desentrañar estos indicadores para hacer del acceso a la información un ejercicio normal, no judicializado de este derecho.
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