Tiene razón Guillermina Reynoso Ochoa, directora de Asuntos Notariales del Gobierno del Estado, en dar vista a la Contraloría Gubernamental, así como a la Fiscalía General de Justicia, de las violaciones a la Ley del Notariado en la entrega de fiats, por Francisco García Cabeza de Vaca.
El lunes pasado, comentamos en este espacio de MILENIO, la cantidad de fiats y patentes de aspirantes que el ex gobernador obsequió al final de su sexenio, dejando constancia de ello en el Periódico Oficial del Estado.
Un día después, el anexo del POE publicó un acuerdo suscrito por Américo Villarreal Anaya, revocando el fiat 170 al abogado Alfredo Treviño Salinas, por diversas violaciones al artículo 21 de la Ley del Notariado.
El expediente revisado carece del acta de examen, de la integración del jurado, la calificación obtenida (la aprobatoria es de 80 puntos), la lista de aspirantes y el dictamen de procedencia de cada solicitud.
Pues bien, el viernes pasado, en la edición vespertina del POE se publicaron otros dos acuerdos revocando los fiats 153 y 189, a Flavio Ramírez Chapa y Mireya Sánchez Camacho, respectivamente.
Nuevamente, Guillermina Reynoso Ochoa encontró las mismas violaciones a la Ley del Notariado de Tamaulipas.
Además, como en el expediente de Treviño Salinas, la directora de Asuntos Notariales gira dos oficios de averiguación en donde las respuestas abonan a la revocación de los fiats, entregados en septiembre pasado.
Tanto la presidenta del Colegio de Notarios de Tamaulipas, Patricia Delgado Lerma, como el director de Asuntos Notariales del sexenio anterior, Benito Pimentel Rivas, aseguran no haber sido convocados para integrar el jurado, contrariando lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley del Notariado.
Difícil pensar que las y los beneficiados ignoraron las irregularidades; pero es inadmisible que Francisco García Cabeza de Vaca y Gerardo Peña Flores hayan suscrito estos acuerdos violentando la ley.
Se presume violación a los artículos 216 (cohecho), 222 (uso ilícito de atribuciones), 226 (ejercicio abusivo de funciones), 228 (tráfico de influencias) y 132 (resolución ilegal), del Código Penal de Tama _