Política

Los problemas de la nueva ley de controversias

En ese afán de centralizar el Derecho, ahora se pretende legislar una Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, misma que tendrá por objeto, según lo define la iniciativa, el establecer las bases y principios generales en esa materia en cumplimiento a la inclusión de la fracción XXIX-A del artículo 73 de nuestra Constitución que obliga a la emisión de esa ley.

Aunque el proyecto tiene algunas mejoras, no muchas, a las leyes estatales de la materia, permitirá solucionar controversias en línea, esperemos que la misma no sea aprobada en los términos en que viene la iniciativa a que la misma en algunos de sus puntos es una grave regresión al derecho de medios alternos en beneficio, únicamente, del gremio notarial, en perjuicio de los cientos de prestadores de servicios de medios alternos, ya sean Medidores, Negociadores o Conciliadores habilitados por los Institutos de Justicia Alternativa de los Poderes Judiciales de las entidades federativas a lo largo del país (ahora facilitadores).

Afortunadamente se evitó regular la figura del Arbitraje, ya que en México el Arbitraje Mercantil es algo ya muy desarrollado y el Arbitraje Civil fue razonablemente incluido el el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, mismo que esperamos que los diputados de los Congresos Estatales implementen a la mayor brevedad posible.

El primer grave error es tratar de considerar como Medio Alterno, los Contratos Inteligentes, (Smart Contract) ya que en ningún momento su existencia resuelve conflicto alguno, sino que simplemente por medio de una instrucción de computadora ejecuta de forma automática el o los acuerdos ahí pactados al cumplirse determinados supuestos, por ello no deben estar incluidos como medio alterno de solución de controversias.

Por otro lado, pretende, invadiendo las facultades legislativas y registrales estatales, establecer que, solo los Notarios Públicos puedan realizar “anotaciones preventivas” en el Registro Público de la Propiedad, derivadas de un Convenio de Mediación, principalmente relativas a inmuebles y condominios incluyendo los acuerdos sobre su administración, lo cual es completamente incongruente con lafigura jurídica del Convenio resultante del proceso de Mediación, el cual adquiere, una vez sancionado, la naturaleza de Sentencia Ejecutoriada, esto es, como si la hubiera dictado un Juez estatal. Luego entonces ¿porque, si ya goza de ese efecto juridico? Se pretenda, obligar a los mediados a elevar ese convenio a escritura pública solo para realizar una anotación preventiva en el señalado registro, incorporando a un Notario en algo que ya acordaron las partes, obligándolos a pagar el costo extra solo por realizar una anotación preventiva la cual tiene una pequeña temporalidad y solo tiene por objeto hacer público el acuerdo al que llegaron las partes y que, tratándose de inmuebles, deberá ser, ese sí elevado a escritura pública. Es obvio que el único que debe realizar las anotaciones preventivas derivadas de un Convenio de Medios Alternos, cumpliendo los requisitos establecidos en lalegislación estatal, es el propio Mediador (facilitador).

Lo mismo se pretende cuando proceda la cancelación por cumplimiento de la obligación pactada que dio lugar al aviso preventivo, donde también establece, la autora de la iniciativa, que esa cancelación sea (simplemente para cancelar la anotación), efectuada en escritura pública.

Así mismo la iniciativa ignora que los convenios de Medios Alternos son utilizados no solo para resolver controversias ya iniciadas, en muchos casos, son utilizados precisamente para PREVENIR conflictos futuros, sin embargo, en las definiciones de la iniciativa de ley en su Artículo 6 , no contempla claramente esta situación en todos los casos.

Ya que uno conoce la iniciativa y la proteccion al medio Notarial es lógico que la autora de la iniciativa sea la senadora Olga Sánchez Cordero, quien pasó de ser una de las mujeres más admiradas en el medio jurídico cuando era ministro de la Suprema Corte, a ser un vil tapete de López y de la CuatroTé. Sin embargo, la señora está impedida de presentar esta iniciativa y más impulsarla como lo viene realizando, al ser Notario Público, ella, su esposo,y varios familiares más, ya que la fracción VI del artículo 10 del Reglamento de Senado de la República establece como obligación de los Senadores el “abstenerse de realizar actos incompatibles con las funciones que desempeñan, así como hacer valer su condición de legisladores en beneficio propio”.

En otro tema, platicando con muchas personas se puede notar que en la próxima jornada electoral en Jalisco el voto estará más que diferenciado, y curiosamente a pesar de que el candidato “Samuel” a la presidencia de la República sea del mismo partido que Pablo Lemus, muchísima gente votará por Xochitl para presidenta y por Pablo para gobernador del Estado, ya que la mayoría de votantes considera que Samuelito solo entró, convencido y apoyado por López con el único propósito de dividir el voto de la oposición. Sin embargo cuando se acerque la jornada electoral sufrirá el abandono de sus votantes ya que la gente, como nunca, utilizara el llamado voto útil, incluso su propio compadre Colosio Rojas señaló que Samuel no era la mejor opción para la candidatura presidencial de MC. Por diputados y senadores estará de por medio la cercanía de los votantes con los candidatos, pero en Jalisco no tendrán éxito los candidatos de Morena.

Yo no dudo que Samuel tenga un gran efecto en redes, y sea un buen Tiktoker, pero muchas veces no se conoce si la que está en campaña es su esposa Mariana Rodríguez, o él, ya que ella tiene mayor impacto mediático; sin embargo, en el mejor de los casos, logrará una votación entre el 3% y el 8% y al estar de por medio, no la simple elección presidencial, sino en realidad el futuro del país, esos votantes migrarán a la última hora a favor de Xochitl (voto útil).

La pregunta que surge es: ¿cómo pretende gobernar la República si dejó Nuevo León metido en un conflicto constitucional? Primero había asegurado que él, por no ser igual a los demás, sí concluiría su mandato como gobernador por seis años, ahora pretende imponer, contrario al texto constitucional, a su Secretario General de Gobierno (quién es un excelente abogado), cuando el nombramiento lo deberá realizar el Congreso del Estado.

La campaña de Samuel es simplemente un show, dice que va a recorrer el paísen el vehículo Tesla que le regaló a su esposa, pero el primer tropiezo fue exhibirse que no sabia cómo alimentar de corriente eléctrica el auto. Imaginen a la pareja haciendo campaña en los caminos de Oaxaca o Guerrero, incluso en Los Altos de Jalisco, con sus fosfo-fosfo en uno de los acostumbrados retenes de alguno de los cárteles que dominan varias zonas del país. Nos vemos en la elección.


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Héctor A. Romero Fierro
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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