Política

Ley de Amnistía

Se aprobó en la Cámara de Diputados con 285 votos a favor, 144 en contra y 19 abstenciones la Ley de Amnistía propuesta por el presidente Manuel Andrés López Obrador MALO, con ella, se pretende despresurizar el sistema carcelario federal, a todas luces electorera y sin tomar en cuenta el derecho de las víctimas y de la sociedad. Con un dictamen de 115 hojas se pretende darle vida a esta nueva ley que ahora pasó, en su carácter de Cámara revisora a discutir esta ley por parte del Senado de la República, donde esperemos, cosa que dudo, mayor congruencia de los Senadores.

Lo primero que tenemos que aclarar, amigo lector, es que esta ley solo otorgara Amnistía a delincuentes procesados única y exclusivamente por delitos federales, y solo obrará sobre personas que se les haya ejercitado acción penal, hayan sido procesados o se les haya dictado sentencia firme por los delitos que más adelante me refiero, que no sean reincidentes y sean delitos cometidos antes de la vigencia de esta nueva ley. Además, no será aplicable a delitos del fuero común, comprendidos por el Código Penal del Estado de Jalisco.  

Será aplicable a personas que cometieron, insisto previo a la vigencia de la ley, delitos de Aborto, delitos contra la salud, como es el caso de siembra, transporte, comercialización, tenencia de drogas, cuando las personas que los cometieron se encuentren en situación de pobreza,  extrema vulnerabilidad por su condición de exclusión y discriminación, discapacidad permanente, por indicación de su cónyuge, concubino, pareja sentimental, pariente consanguíneo, o por temor fundado o que haya sido obligado a cometerlo por grupos de la delincuencia organizada. Pertenezcan a un pueblo o comunidad indígena o afro mexicana y sean de los señalados anteriormente, consumidores que tuvieren en su posesión hasta dos tantos de la dosis máximo de consumo autorizados por la ley; aquellos indígenas que no hayan recibido un debido proceso al haber carecido de interprete y defensor que conozcan la lengua y cultura del detenido.

Hasta ahí yo estaría de acuerdo con esta ley, sin embargo la misma también incluye a los procesados por el delito de robo, sin violencia, cuando su pena no amerite cárcel de más de 4 años y lo más electorero, los que hayan cometido el delito de Sedición por personas que dirijan, organicen, incitan, compelan, o patrocinen económicamente a otros para que, en forma tumultuaria, sin armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones. Cuesta mucho trabajo imaginar de qué grupo político son los pocos procesados por este delito. En solo ocho artículos se legisla, pero las personas que serán liberadas no serán sujetas a programas de reinserción social antes de gozar de la libertad, por lo que, en su gran mayoría, en el corto plazo los veremos nuevamente delinquiendo sin lugar a duda.

Se habla de que solo por el delito federal de robo se liberará a más de 300 mil personas. Una vez que esté en vigor la ley cualquier pariente hasta en cuarto grado o las Comisiones de Derechos Humanos podrán solicitar dicha Amnistía. ¿Incluye robo de libros?

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Héctor A. Romero Fierro
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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