Política

Ley de Agentes Inmobiliarios

Se aprobó en la “Comisión de Competividad, Desarrollo Económico, Innovación y Trabajo” del Congreso del Estado de Jalisco una Ley que pretende regular, en forma equívoca, la Prestación de Servicios Inmobiliarios en el Estado. Parte del argumento de que los Agentes o asesores inmobiliarios, se encuentran en la necesidad de que su trabajo sea desarrollado por profesionales que tenga una adecuada capacitación para brindar seguridad a los clientes del ramo inmobiliario ya que el objeto del trabajo se centra en el patrimonio de las personas y la falta de regulación ha tenido como consecuencia la proliferación de fraudes genéricos en las operaciones de compraventa y arrendamiento de inmuebles.

Ahora se pretenden crear (copia americana), las figuras de “Asesor lnmobiliario certificado”, de “lnmobiliaria Certificada” y de “Asociaciones lnmobiliarias Certificada”, “Licencia lnmobiliaria” y “ Registro Estatal lnmobiliarios (sic)”, figuras necesarias para participar, de aprobarse por el Pleno del Congreso está Ley, en“actividades de intermediación inmobiliaria con el propósito de la promoción, comercialización y administración de inmuebles; ya sea que se ostenten como Asociado, Comisionista, Agente, Asesor, Consultor, Afiliado, Promotor, intermediario, Corredor, Asistente o el nombre que seleccione (sic) para atender actos relacionados con la promoción, comercialización y administración de inmuebles.Para ello será necesario contar con una Licencia Estatal y el permiso vigente otorgada (sic) por la Secretaría de Desarrollo Económico mediante la cual se responsabilice por los servicios ofertados y prestados.

Incluyen también a personas que administren un Condominio o se dediquen a la asesoría financiera inmobiliaria, el arrendamiento, usufructo, fideicomiso o cualquier otro contrato relativo a inmuebles.

Desde mi personal punto de vista dicha Ley, además de ser recaudatoria,(pago registro y refrendo cada tres años), sería inconstitucional ya que esa actividad, la cual no es una profesión, violentaría el Derecho Humano contenido en el artículo 5 quinto Constitucional que claramente establece que: “A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión,industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. [….] La ley determinará en cada entidad federativa, cuáles son lasprofesiones que necesitan título para su ejercicio, las condiciones quedeban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo…”.En el estado de Jalisco, como lo reconoce la propia iniciativa, solo la Ley de Educación como la de Profesiones del Estado, regulan las profesiones que requieren un título profesional para su ejercicio; tanto por la currícula necesaria para la acreditación, como el procedimiento para la expedición del título profesional y la actividad inmobiliaria, no es de esas.

En este caso, no se estaría exigiendo un Título para realizar dicha función, sino que pretenden impedir que algunas personas se dediquen a las actividades inmobiliarias al tratar de regularlas bajo una Ley que, en realidad no regula lo que pretende, ya que lo deja a la publicación de un Reglamento que emitirá en su momento el Gobernador del Estado y de lineamientos emitidos por la “Comisión Interinstitucional para la Regulación de la Prestación de los Servicios Inmobiliarios en el Estado De Jalisco”. Solo crearán una mafia en forma de oligopolio y se encarecerán este tipo de servicios.

Héctor Romero Fierro


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Héctor A. Romero Fierro
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