A Jaime Rodríguez Calderón le gusta apostar a la suerte; pero la suerte, cuando llega sola, que es la suerte de los ludópatas, puede dejar en la calle a cualquiera. No sabemos lo que le depare su suerte, muy su suerte, siempre y cuando ya nada tenga que ver con los nuevoleoneses.
Primero, el hartazgo de los gobiernos priistas y panistas lo hizo gobernador. Después quiso ser presidente. Fue la esperanza de Peña Nieto para descarrilarle el tren a AMLO, en el camino de este intento, basado solo en su suerte, desvió recursos en el proceso de recolección de firmas de apoyo a su candidatura, fue denunciado, procesado y sentenciado; pero la corrupción legal en materia electoral lo salvó, la suerte le volvió a sonreír al obtener una sentencia favorable de la SCJN.
¿Pero qué es la corrupción legal que tan sonriente ha sido con El Bronco?
Es la que se realiza por medio de la ley. Entre las formas más perversas de este tipo de corrupción, destaca la que se comete en el proceso de creación de leyes o reformas de leyes, haciéndolas a modo y a la medida de la clase política, de un grupo de personas, o incluso de una sola persona, como es el caso de Raúl Gracia, líder del PAN, cuando fue designado como magistrado del Consejo de la Judicatura, para lo cual fue necesario reformar la Constitución del Estado porque aún no cumplía los 35 años que ésta exigía.
Un ejemplo más de corrupción legal, es la omisión legislativa que aparece en el Artículo 457 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Lgipe), en el cual se prevé que las autoridades federales, estatales y municipales pueden desplegar conductas ilícitas en los procesos electorales; pero, curiosamente, los legisladores olvidaron establecer las sanciones aplicables al gobernador.
Y como consecuencia de este olvido y de una serie de pifias cometidas por los magistrados de la Sala Regional Especializada, que no es posible analizar aquí, y de los legisladores locales, las infracciones a diversas disposiciones legales cometidas por El Bronco, seguirán sin castigo.
Veamos sucintamente el fallo de la SCJN sobre la Controversia Constitucional y algunas de estas pifias; pero antes hay que dejar claro el acto de autoridad que la 2ª Sala de la SCJN analizó.
Éste no es el que fue conocido por la Sala Regional, expediente SRE-PSC-153/2018, sino el acto de autoridad realizado por el Congreso local, consistente en crear reglas procesales para imponer una sanción a El Bronco.
Resuelve que el referido tribunal no ordenó imponer un castigo al gobernador; que las reglas procesales creadas por el Congreso local para imponerle un castigo, no responden a una orden directa e inequívoca del referido tribunal; que solo comunica al Congreso que la Lgipe no prevé ninguna sanción aplicable al titular del Ejecutivo, por lo que le ordena que, como su superior jerárquico, vea si las leyes de Nuevo León prevén algún tipo de sanción.
Una de las pifias de la Sala Regional fue haber establecido en su resolución que el Congreso es superior jerárquico del gobernador, obviamente, basándose para dejar escrita tremenda aberración, en la cultura del “machote”.
Y en cuanto al principal error del Congreso local, que tanto tiempo dedicó a esta su más grande pifia, en detrimento de las labores que le son propias, fue no haber estudiado este asunto desde la perspectiva jurídica, sino solo desde la perspectiva política.
La idea de destituir a El Bronco los deslumbró, posiblemente para meter mano en las próximas elecciones, por eso erraron en el camino correcto que debieron haber seguido para cumplir con la sentencia que no se ha cumplido.
Finalmente, solo hay que decir que el fallo de la 2ª Sala de la SCJN no menciona el concepto juicio político, ni con relación al Congreso local ni al de la Unión. Lo que por ahí se dice respecto a que ahora el balón está en el Congreso de la Unión, es mera especulación y desinformación.