El pasado 18 de noviembre participé en un foro en el Congreso del Estado, organizado por la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, en el que debatimos la iniciativa de reforma a diversos artículos de la Constitución del Estado para, con fundamento en la Reforma Constitucional Federal de 27 de mayo de 2015, insertar a Nuevo León en el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA).
Y unos días después de que se produjo este debate entre legisladores y líderes de ONG, los medios informan que el fiscal anticorrupción que ha sido designado por el gobernador responde al nombre de Ernesto Canales.
Entonces, ¿de qué fiscal anticorrupción estamos hablando? ¿Habrá dos fiscales anticorrupción en Nuevo León, uno designado por el gobernador y el otro designado de acuerdo a las disposiciones constitucionales del SNA y la ley que de éste se derivará?
¿Será verdad o sólo rumores que el abogado Ernesto Canales, de Renace, ONG que ha nacido con apoyo empresarial, dejará su despacho para hacerse cargo de la Fiscal Anticorrupción? ¿La manera como se han estado haciendo las cosas con relación al SNA y el fiscal anticorrupción, no será una forma más de corrupción?
"La corrupción somos todos", se suele decir, y se dice bien porque vivimos en un sistema de corrupción, y porque de acuerdo a la clasificación del fenómeno de la corrupción en los colores negro, blanco y gris (la primera es la que produce escándalo en los medios y todos condenamos; la segunda es en la que de una o de otra forma todos participamos; y la tercera es la que no reconocemos como tal y solemos decir: "no, esto no es corrupción"), nadie, en algún momento de nuestra existencia, estamos exentos de prácticas corruptas.
Pero una cosa es caer en prácticas corruptas, a pesar de que se oponga resistencia, porque el sistema de corrupción en el que vivimos no deja otro camino para lograr un fin legítimo, o para evitar un daño grave al patrimonio por ejemplo, cuando nos vemos obligados a dar la mordida al oficial de Tránsito para evitar el inconstitucional secuestro del automóvil, y otra, muy distinta, es poseer actitudes corruptas, es decir, que ante la menor dificultad para resolver un problema o acceder a un cargo, se busque el camino de la corrupción.
Y mucho más condenable es, además, ser operador del sistema de corrupción en el que vivimos. No quiero decir con esto que todos los integrantes de los órganos del gobierno federal, estatal y municipal son corruptos. También hay funcionarios públicos honestos. Pero el sistema de corrupción se impone y, por alguna razón, no pocos caen en alguno de los colores de la corrupción.
Para resistir ante el fenómeno de la corrupción, entonces no sólo se necesita ser honesto, también se necesita templanza, carácter y compromiso social. Por estas y otras razones que enseguida expondré, dudo mucho de que el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) sea la respuesta que se necesita para abatir dicho fenómeno.
En primer lugar, porque para cambiar algo hay que conocer ese algo que se quiere cambiar; y que yo sepa, ni a nivel estatal ni federal se ha dado a conocer algún documento en el que se fundamente científicamente el deber ser de las normativas que constituyen el SNA.
Siendo México un país en el que impera no la ley sino los fenómenos de la impunidad y la corrupción, resulta ser una irresponsabilidad que no haya estudios sobre la especificidad de estos males endémicos que padecemos, y vivir la enfermedad, sufrir sus efectos, no es lo mismo que conocer sus causas para curarla.
Así que, toda vez que por sistema se entiende una relación de fundamentación con miras a alcanzar un determinado objetivo (en el caso del sistema de la ciencia, por ejemplo, el objetivo a alcanzar es la verdad), para lo cual todos los elementos que lo integran tienen que cumplir con las mismas reglas de constitución y validez. Por tanto, de acuerdo a la tipología de los sistemas, desde el punto de vista formal el SNA de sistema sólo tiene el nombre, porque entre muchas otras razones que aquí ya no es posible exponer, de acuerdo a los artículos 108 y 109 con relación al 94, respectivamente, el Presidente y el Poder Judicial Federal no son parte del sistema. Constitucionalmente el Presidente sigue siendo intocado.
Desde el punto de vista de los sistemas físicos, tampoco el SNA es un sistema, ya que quedan excluidos para su control los poderes fácticos de los grandes monopolios, el de las empresas trasnacionales (para las cuales en sus contratos se establecen cláusulas de confidencialidad, como en el caso Kia, el de la oligarquía financiera, etc.).
Por si fuera poco, en el SNA y en la designación del fiscal anticorrupción de Nuevo León, la participación ciudadana es simulación, aparece como un parche mal pegado, estrictamente centralista, en el caso del SNA, y personalista, en el caso del fiscal anticorrupción de Nuevo León. Lo mismo se puede decir del Comité del SNA, en el que toda la coreografía se montará en el DF.