Por Luis Javier Cortés Adame
Ilustración: Adrián Pérez, cortesía de Nexos
El diseño de la mayoría de las calles y del principal medio de transporte de la Ciudad de México no contempló para su uso a las personas con alguna dificultad motora. El único transporte construido con esta perspectiva dentro de la ciudad fue el metrobús, ya que todas sus estaciones cuentan con infraestructura disponible para las personas con deficiencias físicas; el resto del transporte público, ya sea los trolebuses o el concesionado, tienen escasas herramientas de acceso para esta población orillando a que su traslado sea través de medios privados. Estos obstáculos contravienen lo estipulado en el artículo 17 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, que obliga a tener infraestructura básica y equipamiento del entorno urbano con un carácter universal, obligatorio y adaptado para todas las personas. Incluso, la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad de la Ciudad de México indica, en su artículo 4, que la infraestructura para las personas con discapacidad debe aplicar para el transporte, la información y las comunicaciones tanto en zonas urbanas como rurales.