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México, con nuevas reglas para paneles binacionales de comercio sobre derechos antidumping y compensatorios

El documento establece que estas reglas fueron creadas para permitir que los paneles emitan una decisión dentro de los 315 días siguientes una vez iniciado su procedimiento.

México, a través de la Secretaría de Economía (SE), dio a conocer las reglas de procedimiento para paneles binacionales en relación a las revisiones de resoluciones sobre derechos antidumping y compensatorios del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

Nuevas reglas en pro de una revisión

A través de una publicación en el Diario Oficial Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal hizo hincapié que estas reglas también serán publicadas tanto en Estados Unidos y Canadá.

Además, el documento, establece que estas reglas fueron creadas para permitir que los paneles emitan una decisión dentro de los 315 días siguientes una vez iniciado su procedimiento.

“La finalidad de estas reglas es asegurar la revisión justa, expedita y económica de resoluciones definitivas.", declaró el DOF.
"Si surge una pregunta procesal que no está comprendida por estas reglas del panel, el tribunal competente del país importador, podrá aplicar las reglas procesales que estime apropiadas para el caso particular”, se lee en el documento.

También se detalló que en caso de incompatibilidad entre estas reglas y el Tratado, prevalecerá el acuerdo comercial.

La autoridad investigadora será la institución encargada de llevar un caso y quien dicta la resolución final en una investigación y podría autorizar, modificar o revocar el acceso a información confidencial.

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Las revisionesse limitarán a los argumentos de error de hecho o de derecho.

Autoridades capaces de facilitar información confidencial

Mientras que la autorización de acceso a la información confidencial se refiere al permiso oficial para consultar información sensible de un caso, y varía según el país:

  • En Canadá la emite el presidente o el Tribunal correspondiente.
  • En México la otorga la Secretaría de Economía.

Respecto a la revisión de un panel, se especificó que se limitará a los argumentos de error de hecho o de derecho, incluyendo impugnaciones a la jurisdicción de la autoridad investigadora, comprendidos en las reclamaciones presentadas ante el panel.

Esta revisión también se centrará en los medios de defensa, tanto adjetivos como sustantivos, invocados en la revisión ante el panel.

La Secretaría de Economía estableció en la publicación del DOF que este acuerdo entrará en vigor a partir del 23 de septiembre de 2025.

AG

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Giselle Soriano
  • Giselle Soriano
  • Originaria de Guadalajara, Jalisco, galardonada con el premio nacional de periodismo Veritas in Verbi 2018 y 2019 en crónica y reportaje; 10 años de experiencia periodística en el ámbito de nota roja, política y negocios.
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