El reparto de utilidades es uno de los beneficios importantes a los que podrían acceder los trabajadores del país; sin embargo, no todas las empresas pueden pagar este derecho, debido a una serie de motivos.
En MILENIO te informaremos más sobre el reparto de utilidades y cómo saber cuánto te corresponde de dinero, en caso de que la empresa para la que laboras sí entregue estos recursos anuales.

Recuerda que este beneficio se dispersa a más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.

¿Cómo puedo saber cuánto me toca de utilidades?
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para poder llegar a la cantidad que corresponde a cada trabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante ese período.
El monto que se repartirá se divide en dos:
- La primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año.
- Mientras que la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.
¿Cómo se calcula?
Para pagar las utilidades se toma en cuenta el salario y los días trabajados en el año. Se tomará en cuenta el 10% de las utilidades netas de la empresa.

¿Qué salario debe considerarse como base del reparto?
La STPS destaca que en el caso de las utilidades será exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.
Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
En el caso de los trabajadores de confianza se tomará como salario tope, base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20% al salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año.
Recuerda que hay algunos casos en los que no se deberá pagar utilidades, así como el periodo que tienen los patrones para entregar este beneficio a sus trabajadores.
Los colaboradores de una compañía tienen derecho a las ganancias acumuladas por el patrón. En caso de que no haya un pago y sí te correspondan, entonces podrás acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa de los Trabajadores (Profedet), para una asesoría.