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CNBV recomienda a bancos no pagar más del 25% de dividendos

La nueva recomendación que se dio a conocer por el organismo se trata de una medida para que los bancos puedan seguir apoyando a sus clientes.

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) recomendó a los bancos que operan en el país que los dividendos que determinen entregar no excedan del 25 por ciento del monto neto de la suma de los resultados obtenidos en 2019 y 2020, esto luego de las medidas de apoyo a consecuencia de la situación extraordinaria causada por la pandemia de covid-19.

Fue en marzo del 2020, luego de que se decretara la emergencia sanitaria en México cuando el organismo regulador hizo llegar a la Asociación de Bancos de México la recomendación de abstenerse de acordar el pago de dividendos, recompras de acciones o cualquier otro mecanismo tendiente a recompensar a los accionistas.

Por lo que la nueva recomendación, que se dio a conocer este lunes por la CNBV, se trata de una medida para que los bancos puedan seguir apoyando a sus clientes, por lo que aquellas instituciones se decidan decretar dividendos hasta por el 25 por ciento del monto (neto en su caso) de la suma de los resultados obtenidos en 2019 y 2020 tendrán que cumplir con ciertas restricciones.

“La emisión de esta recomendación reconoce que el dividendo es derecho económico de los accionistas, sin dejar de tomar en consideración que las instituciones no deben de afectar su capacidad de absorber las potenciales pérdidas que pudieran presentarse como resultado en algunos escenarios de la pandemia generada por el virus de covid-19 y que, asimismo, requieren contar con recursos económicos suficientes para apoyar el financiamiento a la economía”.

Estas deberán tener los Ejercicios de Suficiencia de Capital (ESC) para los años 2021 y 2022 y mostrar que la institución no estará sujeta a plan de acción preventivo para mantener los niveles mínimos de capital regulatorio.

Además, las instituciones que no hayan previsto el pago de dividendos en los ESC para el año 2021, y que pretendan hacer alguna distribución durante el presente ejercicio, previamente deberán justificar ante la CNBV el cambio de decisión, detallando el impacto en las proyecciones originalmente presentadas tanto del escenario supervisor base como del adverso.

El Índice de Capitalización (ICAP), calculado inmediatamente después de decretarse los dividendos, no deberá ser inferior al 13 por ciento. Asimismo, deberán entregar a la CNBV un Informe en el que se demuestre que las reservas para riesgo crediticio, incluyendo las reservas adicionales, son suficientes para soportar las pérdidas esperadas para el año siguiente al decreto de dividendos.

La CNBV agregó que, tratándose de instituciones de importancia sistémica local, éstas deberán justificar previamente que el nivel de dividendos que desean decretar, es coherente con una estrategia encaminada a cumplir con el índice de capitalización mínimo que se requerirá con la entrada en vigor de las reglas de TLAC (Total Loss-Absorbing Capacity).

El organismo que preside Juan Pablo Graf Noriega aclaró que, cualquier institución de crédito o grupo financiero que pretenda no seguir esta recomendación, deberá dar aviso por escrito a la CNBV dentro de los siguientes siete días hábiles a la fecha de emisión de la recomendación, suscrito por su director general, explicando las razones por las cuales determina no cumplir con la recomendación. Dicha decisión y sus razones serán hechas del conocimiento público.


srgs

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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