Sociedad

Busca PRI castigar con 15 años y 144 mil pesos la Cohabitación Forzada con menores

El matrimonio infantil o la unión forzada, consideró el líder de la bancada legislativa, representan una extensión de la violencia de género

El coordinador de la bancada del PRI en el Congreso de Nuevo León, Heriberto Treviño, informó que presentará una iniciativa de reforma al Código Penal para crear un capítulo denominado “Cohabitación Forzada”, que busca imponer penas de hasta 15 años de prisión y una multa de hasta 144 mil pesos a quien cometa este delito.

El líder del PRI dijo que se trata de un nuevo Capítulo Octavo denominado “Cohabitación Forzada”, dentro del Título Segundo denominado “Delitos Contra la Familia”, en el que se establecerá la sanción que se impondrá a las personas que obliguen a un menor de edad a cohabitar con otra persona, ya sea adulta o también menor de edad.

“Este lunes presentaré la iniciativa en Oficialía de Partes que pretende reforzar la protección a los menores de edad para evitar que sean obligados a vivir con un adulto o con otro menor, en una relación parecida al matrimonio.
“Este vacío legal ha favorecido que los menores de edad sigan siendo víctimas de que se comercie con ellos, de abuso o violencia sexual, y de que se atente contra su integridad física y psicológica”, señaló.

El matrimonio infantil o la unión forzada, consideró Treviño, representan una extensión de la violencia de género, ya que se observan conductas que van desde el engaño, la ausencia del libre consentimiento, amenazas, violencia física, violación y hasta el homicidio.

“Comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años de edad, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio”, planteó el Coordinador priísta en la exposición de motivos.

También se prevé un aumento en la pena si la persona menor de edad pertenece a una comunidad indígena.

“Al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a 15 años de prisión y de mil a mil 500 cuotas, equivalentes a 144 mil pesos; la pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima perteneciera a algún pueblo o comunidad indígena”, enfatizó.

Aunque Nuevo León no cuenta con poblaciones que tengan como uso y costumbre el matrimonio infantil, Treviño Cantú afirmó que es necesario proteger a los menores de edad de estas prácticas, ya que, por circunstancias históricas y económicas, en la entidad, se han asentado diversas comunidades de todo el país, lo que podría propiciar que se cometa esta conducta ilícita.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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