Política

Corte anula figura de 'presidentes de comunidad' creado por Tlaxcala

La figura que fue creada era similar a los regidores de ayuntamiento y contarían con derecho a voto.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló los artículos de la Ley Municipal del estado de Tlaxcala que permitían la incorporación de “presidentes de comunidad” a los cabildos municipales, a quienes se le otorgó derecho de voto.

El fallo derivó de las controversias constitucionales que interpusieron los municipios de Contla de Juan Cuamatzi, Yauhquemehcan y Tlaxco, quienes impugnaron las reformas aprobadas por el Congreso local.

La figura de “presidentes de comunidad” fue creada para dar representación a las comunidades indígenas y sociales dentro de los ayuntamientos, y eran similares al de un regidor y con derecho a voto.

El Pleno de la Corte determinó que los artículos 4, definición novena, y 120, fracción I, de la mencionada ley, contravenían el artículo 115, fracción I, de la Constitución Federal, al igualar a los “presidentes de comunidad” a los regidores del ayuntamiento y conferirles el derecho a voto en las sesiones del cabildo.

Asimismo, invalidó el primer párrafo del artículo primero transitorio del Decreto número 149, en el cual se preveía la fecha en que originalmente entrarían en vigor los artículos 4, definición novena, y 120, fracción I, impugnados.

La Corte reestableció la vigencia de las normas anteriores a las declaradas inválidas.

​bgpa

Google news logo
Síguenos en
Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.