Política

TEPJF ratifica acuerdo de INE para verificar elegibilidad de candidatos a jueces

El magistrado Felipe Fuentes indicó que no se puede declarar válida una elección que en su culminación desemboca en una inhabilitación.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) ratificó el procedimiento aprobado por el Instituto Nacional Electoral para verificar que las personas candidatas a puestos judiciales cumplan con los requisitos de elegibilidad, aún cuando el Senado de la República ya los haya aprobado en las listas finales para participar en la contienda electoral.

En una votación donde cuatro de los cinco candidatos votaron a favor y solo la magistrada Janine Otálora emitió un voto en particular, la Sala Superior apoyó el acuerdo del INE al afirmar que no choca con los filtros y designaciones emitidas por el Senado y que más bien ofrece un mayor nivel de integridad de los candidatos que participen en la primera elección judicial.

Validez electoral exige legalidad material: magistrado

La candidata a jueza de distrito, Nallely Paredes, impugnó la resolución del INE en el que aprobaron que ellos también podían verificar que los candidatos sean legalmente elegibles antes de emitir las constancias y declarar la validez del resultado.

Ante esto, el magistrado Felipe Fuentes Barrera aseguró que “la lógica es sencilla: no se puede declarar válida una elección que en su culminación desemboca en una inhabilitación, no puede entregarse una constancia de mayoría a quien realmente no puede ocupar el cargo, la validez electoral exige legalidad material”, sostuvo en su discurso para exponer su proyecto.

Aquí puedes ver la sesión:

INE, competente para verificar regla de ley 8 de 8

Pese a emitir un voto particular, la magistrada Otálora, también coincidió en que el INE “es competente” para verificar que los candidatos cumplan con las reglas de la ley 8 de 8, la cual busca garantizar el ejercicio pleno de los derechos político-electorales de las mujeres.

“El INE es competente para verificar estos requisitos al momento justamente de asignar los cargos y esto porque la legislación electoral condiciona la entrega de constancias de mayoría y validez de ley y legibilidad de las candidaturas de modo que lo que hace el acuerdo es simplemente regular los pasos a seguir para cumplir con esta obligación legal”, aseguró.

La magistrada presidenta, Mónica Soto, explicó que la determinación del Consejo General del INE se ajusta al marco constitucional y legal vigente y que es necesario para que en el proceso electoral extraordinario se garantice el cumplimiento de los principios normativos en materia de igualdad de género, no discriminación y a una libre a una vida libre de violencia para las mujeres.

IOGE 

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Rafael López Méndez
  • Rafael López Méndez
  • Formado en la Escuela de Periodismo Carlos Septién García; con más de 20 años de experiencia en medios escritos. Especialista en análisis de datos, seguridad, migración y procesos electorales. Melómano de tiempo completo y fiel seguidor de la Fórmila 1.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de Notivox DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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