La presidenta Claudia Sheinbaum precisó que la licencia especial de elementos militares para competir por cargos de elección popular está establecida en la Constitución de 1917, por lo que no es una legislación nueva.
Después de que partidos de oposición acusaron que la nueva ley de la Guardia Nacional - enviada al Congreso de la Unión - abre la puerta para que efectivos castrenses en activo puedan incursionar en la política, la mandataria explicó que eso está decretado en la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, publicada en 1986.

Sheinbaum acusa que críticas no tienen fundamento
"Me voy a adelantar a una crítica que ya traen los comentócratas, corifeos, de estas leyes. Una de las críticas, muy ignorante, o sea, que muestra nada más su ignorancia: es que ahora, un elemento de la Guardia Nacional puede pedir licencia para participar en algún puesto de elección popular o algún cargo. Bueno, resulta que esto viene de la Constitución del ‘17, aunque no había Guardia Nacional, es parte de la Ley Orgánica del Ejército."
“Bueno, nada más para que vean la Ley Orgánica. 174. La licencia especial es la que se concede o en la que se coloca a los militares para: Desempeñar cargos de elección popular. O sea, esto viene desde la Constitución y después, en la Ley Orgánica para los miembros del Ejército, y se está equiparando para los miembros de la Guardia Nacional. Es decir, no hay nada nuevo, es nada más pura ignorancia en la crítica, la verdad”, expuso.
La ley orgánica defiende cuatro tipos de licencias
En tanto, el jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional, Arturo Coronel, detalló que dicha ley orgánica contempla cuatro tipos de licencias. La primera, llamada ordinaria, se concede a los miembros del Ejército y Fuerza Aérea para resolver asuntos de carácter personal y es hasta por una duración máxima de 6 meses, con goce de los haberes.
Explicó que la segunda se denomina ilimitada, y se otorga a los militares para separarse por más de seis meses de sus actividades, sin goce de haberes.
"La licencia que menciona la señora Presidenta, es la licencia especial. Esta se concede a los militares para desepeñar cargos de elección popular, es lo que se señala; desde luego, también, no hay goce de haberes."
“Y la última licencia es la licencia por edad límite. Que es, ya cuando los militares llegan casi al final de su carrera, requieren por lo menos 30 años de servicio; y hay un tabulador en las que se confieren, desde un mes hasta un año que es, precisamente, para prepararse en su transición de la vida militar a la vida civil. Ese es en general la explicación de lo que hay”, añadió.
El general agregó que la licencia especial “está alineada con los artículos 85 y 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
AH