El Pleno del Senado aprobó con 105 votos a favor, reformas a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para endurecer sanciones y reforzar el control del armamento en el país.
Además, se actualiza el marco legal y se permite que integrantes de empresas públicas y órganos autónomos como Pemex, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otros, puedan portar armas en el desempeño de sus funciones de seguridad.
En la última sesión los legisladores establecieron penas de hasta 45 años de prisión y multas superiores a 339 mil pesos a quienes introduzcan de forma ilegal a territorio mexicano armas, municiones, cargadores o explosivos de uso exclusivo del Ejército.
Según el dictamen, las penas más altas se aplicarán a quienes trafiquen, comercialicen, adquieran o fabriquen ilegalmente armas, cuando estas conductas sean cometidas por servidores públicos, integrantes de corporaciones policiales, elementos de las Fuerzas Armadas o personal de seguridad privada.
Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, aseguró que “esta legislación no busca criminalizar a quienes poseen armas conforme a derecho, busca cerrar los espacios de impunidad para quienes abusan de este derecho y fortalecen las cadenas de violencia. México necesitaba, urgía una ley moderna, técnica y congruente con los principios de seguridad, paz, legalidad que hoy estamos otorgando”.
Destacó que ante la creciente proliferación de armas hechizas o de difícil trazabilidad, se establecen medidas concretas.
“El fortalecimiento del control estatal a través del registro federal de armas de fuego y control de explosivos, a cargo exclusivo de la Sedena, se refuerzan las reglas aplicables a la posesión, portación comercio y transporte de armas y se prohíbe expresamente su envío mediante servicios de paquetería. Segundo la incorporación de nuevas tecnologías, en la regulación prohibiendo la fabricación de armas con impresoras 3D, el uso de explosivos improvisados y dispositivos de activación remota, como los drones, así como las armas de fabricación artesanal”, explicó.
Además, prohíbe que civiles usen vehículos blindados modificados para portar armas y asigna de forma exclusiva al Ejército mexicano la responsabilidad del registro y control del armamento en el país.
Asimismo, se actualiza el listado de armamento exclusivo del Ejército y se establece que toda persona que registre un arma deberá designar a un responsable para su trámite en caso de fallecimiento, a fin de definir su destino final.
Además, la iniciativa amplía la clasificación de calibres considerados de uso exclusivo de las fuerzas armadas, incluyendo los 5.7 x 28 mm, .357 (en sus distintas variantes), y el 5.56 mm, con el fin de limitar su acceso y aplicar sanciones a quienes los porten sin autorización.
También se regula el uso de armas accionadas por gas o aire comprimido y el transporte de armamento utilizado por competidores olímpicos entre sus domicilios y campos de tiro.
También prevé que los tres niveles de gobierno deberán realizar campañas permanentes de desarme y promoción de la cultura de paz.
Asimismo, se incluyen en la regulación silenciadores, equipo de visión nocturna, designadores láser y miras holográficas y térmicas, debido a que incrementan la eficacia del armamento.
La reforma fue enviada de inmediato a la presidenta Claudia Sheinbaum para su publicación y promulgación.
LG