Política

Juzgadores de Guerrero se amparan; buscan no perder de retiro vitalicio

Esto, luego de que en 2027 serán removidos de su cargo, tras la segunda elección judicial prevista en el país.

Jueces locales del estado de Guerrero promovieron el primer amparo colectivo contra la reforma a la constitución de la entidad, que establece la eliminación de haberes de retiro vitalicio de los impartidores de justicia que serán removidos de su cargo en 2027.

Rodolfo Martínez, socio director de la firma Trusan & Roma, Abogados, informó que la demanda de garantías fue presentada ante los juzgados federales con residencia de Acapulco.

“De manera previa a la entrada en vigor de la norma que se combate en el amparo indirecto, los jueces del estado contaban con el derecho a un haber de retiro vitalicio, como una garantía inherente al principio de inamovilidad judicial, lo cual es una característica que fortalece la independencia judicial en nuestra función como juzgadores en el Estado de Guerrero.
“El texto constitucional local en su numeral 99, antes de la reforma combatida, en relación con los diversos 71 y 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Entidad, disponía un derecho a un haber de retiro de carácter vitalicio al momento del nombramiento y ratificación de los jueces en Guerrero”, explicó.

Sin embargo, dijo que a partir del día 27 de agosto del presente año, la reforma a la constitución guerrerense extingue el carácter vitalicio de dicho haber de retiro, situación que vulnera los derechos fundamentales previstos en los numerales 1, 14 y 16, en relación con el diverso 17, todos de la Constitución Federal.

“Es decir, vulnera los principios de progresividad de los derechos fundamentales y pro persona, pues constituye una regresividad a los derechos humanos en la medida que se extingue un derecho en la norma local, sin tomar en consideración y sin distinguir a quienes por sus condiciones personales como juzgadores que contaban con un nombramiento y su ratificación respectiva, generaba la titularidad de un derecho subjetivo, y que debían permanecer al margen de la eliminación de ese derecho, pues constituía un derecho adquirido, lo cual no ocurre así, pues la disposición combatida establece que el carácter vitalicio del haber de retiro ya no estará presente ‘en ningún caso’, por lo que es violatoria del derecho fundamental a la irretroactividad de la ley y afectación a los derechos adquiridos, así como del principio de independencia judicial”, añadió.

El abogado de los jueces mencionó que vigilarán el cumplimiento del marco constitucional y legal que los nuevos jueces federales deben observar en este caso, porque la demanda es procedente, debe de otorgarse la suspensión y, en su momento, otorgar el amparo en contra de la reforma.

“Veremos si la reforma federal que cambió a jueces de carrera por perfiles sin experiencia, da resultados en la protección de los derechos humanos o se erige como un arma del oficialismo”, declaró Rodolfo Martínez.

​LP

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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